La fiscal federal Paloma Ochoa imputó hoy al secretario de Energía, Javier Iguacel, por la resolución que obliga a usuarios de gas a pagar un adicional para compensar a distribuidoras por la devaluación y pidió a la jueza que «en forma urgente» dicte una medida cautelar por 60 días para evitar la aplicación.
En su dictamen, la representante del Ministerio Público formalizó una imputación contra Iguacel por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y agregó también la de fraude en perjuicio de la administración pública, que establece una pena de hasta 6 años.
De este modo, avanza en la Justicia la denuncia presentada por el fiscal Guillermo Marijuan, la cual quedó radicada en el juzgado federal de María Romilda Servini de Cubría, quien, a su vez, delegó en Ochoa la investigación.
La causa se originó a partir de la resolución que habilita a las empresas distribuidoras de gas a cobrar un incremento extra a partir del 1 enero de 2019 en las tarifas para compensar los efectos devaluación del peso, que generó una fuerte polémica y la reacción de la oposición y de entidades de usuarios.
El gobierno se comprometió a dejar sin efecto la resolución y anunció que el Estado se hará cargo de la deuda originada por la devaluación producida entre abril y septiembre pasado.
En su dictamen, Ochoa explicó que, a primera vista, «la finalidad perseguida por dicho acto administrativo pareciera circunscribirse a asegurar un margen de ganancia de un actor, en un contexto devaluatorio de la moneda nacional que ineludiblemente redundará en el empobrecimiento de la mayoría de los actores de la sociedad argentina».
«La utilización del poder público a tales fines, excede los meros actos de gestión de políticas públicas y puede tornarse en jurídico-penalmente relevante, de mínima y como ya se señalara, a la luz de lo normado por el artículo 248 y eventualmente el artículo 174 inciso 5 del Código Penal», sostuvo.
El artículo 248 del Códido Penal prevé que «será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere».
En tanto, el artículo 174 prevé una pena de dos a seis años a quien «cometiere fraude en perjuicio de alguna administración pública».
La fiscal pidió que la jueza en forma urgente dicte una medida cautelar de no innovar contra la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda de la Nación para que se suspenda, por el término de sesenta días (60) días, la resolución 20/2018.