Policiales

Imputaron a cuatro policías por la muerte de Bocacha Orellano


Foto: Juan José García

Los efectivos fueron acusados por incumplimiento de deberes de funcionario público y falsedad ideológica. Uno de los efectivos quedó detenido

En el marco de la investigación por la muerte de Carlos “Bocacha” Orellano, cuyo cuerpo fue hallado en el río Paraná tras haber estado en un boliche de La Fluvial, fueron imputados este viernes cuatro policías. Uno de ellos quedó detenido.

Los oficiales son dos agentes que estaban cumpliendo adicionales en el boliche Ming la noche de febrero en que ocurrieron los hechos y dos integrantes de la Comisaría 2º. En distintos grados, todos fueron acusados por incumplimiento de sus deberes de funcionario público y falsedad ideológica. La querella los acusa de encubrir el crimen del joven.

La audiencia imputativa tuvo lugar este mediodía en la Sala 7 del Centro de Justicia Penal de Rosario y los acusados fueron identificados como: la Sra. C.L.G. De 41 años, el Sr. G.J.N de 38 años por los delitos de “Incumplimiento de los deberes de funcionario público en carácter de coautores y en grado consumado y Falsedad ideológica de instrumento público agravada en carácter de coautores y en grado consumado”; a la Sra. B.B.L. De 34 años Y el Sr. P.A.B. de 42 años el delito de “Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público en carácter de Autores y en grado de Consumado”.

El Fiscal Dr. Patricio Saldutti de la Unidad de Homicidios Dolosos les atribuyó a los efectivos C.L.G y G.J.N. en horas de la madrugada del día 24 de febrero de 2020, mientras cumplían adicionales en el local bailable tipo boliche denominado “Sr. Ming River House”, ubicado en el Complejo La Fluvial, presenciar la presunta caída de Carlos Daniel “Bocacha” Orellano a las aguas del Río Paraná.

Según la Fiscalía, los imputados dieron aviso a las 5.35 de la mañana al 911 y a personal de Prefectura Naval Argentina, omitiendo informar en esa oportunidad la existencia de una interacción entre los imputados y la víctima. Tampoco dieron aviso inmediato al Ministerio Público de la Acusación de ninguna de estas circunstancias. Luego, C.L.G y G.J.N. se retiraron inmediatamente del lugar, sin documentar debidamente su actuación, lo que le impidió al personal de Prefectura, ahondar en la información necesaria para poder llevar adelante de manera efectiva las primeras acciones de búsqueda y rescate.

Asimismo, se les imputa haber insertado en el acta de procedimiento redactada y suscripta por ambos imputados, declaraciones falsas, haciendo constar que observaron “detrás de las barandas de seguridad, una persona acostada sobre el suelo y que en un momento desaparece, como si hubiese caído al agua…’”, siendo que se podría tener por acreditada una interacción entre Orellano y un grupo de personas compuesto por los dos empleados de seguridad del boliche “Sr. Ming River House” mencionados, y los imputados C.L.G. Y G.J.N. quienes cumplían servicio de policía adicional en el mismo local bailable.

La situación de relevancia fue intencionalmente omitida por los imputados en el acta que se les requirió, generando de este modo un perjuicio para la investigación por la tergiversación de la realidad de los hechos.

Por otra parte, en relación a quienes se encontraban en la Comisaría 2ª, el Fiscal Dr. Gonzalo Fernández Bussy le atribuyó a B.B.L. haber incumplido con los deberes que se encontraban a su cargo, omitiendo cumplir en forma inmediata la orden de la Fiscal Dra. Valeria Piazza Iglesias, quien ordenó recabar y secuestrar las cámaras ubicadas en la zona de La Fluvial de Rosario, respecto del hecho ocurrido en fecha 24/02/2020, redactando las distintas solicitudes y consignando como fecha en las mismas el 17/02/2020 siendo que esa no era la fecha correcta y que además la familia de Carlos Orellano, entre la noche del 24/02/20 y madrugada del 25/02/20, concurrió a la Seccional 2da URII a hablar por este tema con la imputada.

Los familiares de Orellano (Foto: Juan José García)

Además, el Fiscal Fernández Bussy le atribuyó a P.AB., el otro oficial de la seccional, haber incumplido con las órdenes de la fiscal Piazza Iglesias en los mismos términos que su compañera. También se le imputa haber incumplido los deberes a su cargo, en fecha 25/02/20 en horas de la mañana y en dependencias de la Seccional a su cargo, al solicitarle a un hombre a cargo del boliche conocido como “Sr. Ming” que le traiga las cámaras del lugar, cuando la orden de la Fiscal fue que debía ir a secuestrar dichas cámaras, teniendo en cuenta la complejidad del caso, de la cual ya había sido advertido previamente.

La querella, integrada por la familia del joven fallecido, solicitó la prisión preventiva efectiva para C.L.G y G.J.N. El Juez de Primera Instancia Dr. Nicolás Foppiani dictó prisión preventiva para G.J.N por el plazo de 60 días; la libertad para C.L.G. con reglas de conducta: a) Fijar residencia, b) firma semanal ante la OGJ; c) Prohibición de salir del territorio de la Pcia. de Santa Fe y del país con notificación a Migraciones; d) Prohibición de contacto por cualquier medio respecto de los familiares de la víctima y testigos de la causa; e) Prohibición de tener o portar armas; f) Prohibición de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas; todo por el termino de ley. Para B.B.L. y P.A.B se dispuso la libertad con reglas de conducta por el término de ley: a) Fijar residencia, b) firma semanal ante la OGJ; c) Prohibión de salir del territorio de la Pcia. de Santa Fe y del país con notificación a Migraciones; d) Prohibición de contacto por cualquier medio respecto de los familiares de la víctima y testigos de la causa; e) Prohibición de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas.