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Fue absuelto luego de ser acusado por abuso, pero la Corte Suprema de Santa Fe pidió que lo vuelvan a juzgar


La Fiscalía indicó que el hombre de 31 años atacó a tres niñas en reiteradas oportunidades en una vivienda de la localidad de Cañada del Ucle

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló un fallo de segunda instancia y ordenó juzgar de nuevo a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de sus tres sobrinas menores de edad, tras ser absuelto en dos de los casos por el beneficio de la duda, informaron este lunes voceros judiciales.

Los ministros del máximo tribunal santafesino sostuvieron que “la sentencia impugnada es producto de una valoración parcializada y aislada de determinada prueba rendida en el juicio”.

También advirtieron que faltó una “interpretación conforme a los estándares internacionales aplicables a estos supuestos”.

El investigado es un hombre de 31 años y residente en la localidad de Cañada del Ucle, que fue condenado a nueve años de prisión por vulnerar la integridad sexual de una de las niñas y absuelto por el beneficio de la duda en relación a las otras dos víctimas.

La decisión fue tomada por unanimidad por los ministros Rafael Gutiérrez (presidente), Daniel Erbetta, Mario Netri y Eduardo Spuler.

El caso llegó a la Corte provincial a partir de un recurso de queja interpuesto por el fiscal Regional de Venado Tuerto, Matías Merlo, luego de que el tribunal de segunda instancia que resolvió en el caso le rechazó un recurso de inconstitucionalidad.

La Corte cuestionó la “falta de fundamentación” de las resoluciones de primera y de segunda instancia, en las que el imputado fue absuelto por el beneficio de la duda de los delitos que el Ministerio Público de la Acusación (MPA) le atribuyó haber cometido en perjuicio de dos víctimas.

“La sentencia impugnada es producto de una valoración parcializada y aislada de determinada prueba rendida en el juicio, desprovista de un análisis armónico e integral y de una interpretación conforme a los estándares internacionales aplicables a estos supuestos”, afirmó la Corte.

Los ministros del máximo tribunal provincial también afirmaron que quienes juzgaron previamente al acusado desatendieron “pautas convencionales» como la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Convención de Belém do Pará.

En noviembre de 2020, el hombre fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal, cometido en perjuicio de una de sus sobrinas, y absuelto por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante -en contra de las otras dos- y de corrupción de menores agravada -en relación a una de esas víctimas-.

La Fiscalía indicó que el hombre de 31 años atacó a cada una de las niñas en reiteradas oportunidades en una vivienda de la localidad de Cañada del Ucle.

De acuerdo con lo expuesto, dos de las víctimas tenían edad para ir al jardín de infantes y la tercera transitaba el primer tramo de la escuela primaria cuando ocurrieron los hechos investigados.