Policiales

Fiscalía y Cels piden mantener penas a los principales condenados por la represión de 2001


Coincidieron en solicitar que se mantengan los montos de las penas al ex secretario de Seguridad Mathov y al ex jefe de la Policía Federal Santos

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el fiscal general Diego Velasco coincidieron en solicitar que se le mantengan los montos de las penas impuestas al ex secretario de Seguridad de la Nación durante el gobierno de la Alianza, Enrique Mathov, como también al ex jefe de la Policía Federal Argentina Rubén Santos, principales condenados por la represión de los días 19 y 20 de diciembre de 2001, dijeron hoy fuentes judiciales.

El Tribunal Oral Federal (TOF) 6, que ahora deberá decidir ante los nuevos planteos, había condenado a Mathov a cuatro años y nueve meses de prisión, y a Santos, a cuatro años de cárcel, por considerarlos autores penalmente responsables de los delitos de homicidio culposo en perjuicio de Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón, y más de una veintena de lesiones culposas.

Los planteos fueron formulados en las audiencias desarrolladas entre ayer y el lunes ante el TOF Nº 6, luego de que la Cámara Federal de Casación Penal, encargada de revisar las condenas, ordenara que se volviera a discutir el monto de las penas que le corresponden a los responsables de los hechos que ya fueron ventilados en juicio oral y público.

El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo la misma posición en relación al entonces subcomisario Carlos José López y al agente Víctor Manuel Belloni, y se pronunció por una condena más leve para el ex director general de Operaciones de la PFA Norberto Gaudiero por cuestiones de salud, según informó el portal de noticias Fiscales, que depende de la Procuración General de la Nación.

Santos y Mathov

La decisión del TOF N°6 -integrado ahora por Néstor Costabel, Sabrina Namer y Rodrigo Giménez Uriburu- será notificada por cédula electrónica a las partes dentro de cinco días, según lo previsto en el artículo 400 del Código Procesal Penal de la Nación.

El fiscal Velasco fundamentó su postura acerca de mantener las penas en torno al máximo aplicable al destacar que el objeto del juicio involucró «uno de los hechos más gravosos dentro de la historia argentina».

Cuando ordenó revisar las condenas, Casación consideró que en el caso de Mathov el TOF había realizado “una doble valoración prohibida de un mismo elemento al momento de la imposición del monto de pena, pues hizo mención a agravantes que ya habían sido tomadas en cuenta para establecer y determinar el alcance del tipo penal bajo el cual se subsumió la conducta ilícita desplegada”, es decir la de funcionario público.

Sobre Mathov y Santos la fiscalía mantuvo como pedido de pena la misma que impusiera el TOF -4 años y nueve meses y 4 años-, junto con el doble de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.

Para el exdirector general de Operaciones Gaudiero, la fiscalía contempló una situación de salud invocada en la audiencia por su defensa que, de acreditarse, y junto con el tiempo que estuvo detenido, impactarían en la graduación de la condena, de manera que optó por una reducción a tres años de ejecución en suspenso.

El fallo de 2016 del TOF Nº 6 había sido apelado tanto por la fiscalía como por las defensas, lo que llevó a la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal a confirmar lo resuelto en la sentencia pero, al mismo tiempo, a remarcar que la fundamentación de las penas no se había hecho correctamente, por lo que dispuso que se fijen nuevamente.