El lunes, un juez federal de La Plata rechazó una acción de amparo contra esa parte del DNU 70/23
El Centro de Ex Combatientes de Malvinas (CECIM) La Plata apeló hoy el fallo que avaló la derogación de la Ley de Tierras por el decreto de necesidad y urgencia del gobierno, lo que posibilita la compra de grandes extensiones de tierras por parte de extranjeros, aún en zonas de frontera.
“La Argentina está en venta. ¿Quién será responsable si compran las tierras aledañas a Vaca Muerta? ¿A los yacimientos de litio? ¿El encadenamiento de fundos aledaños a un río? ¿A un lago? ¿A una laguna? ¿Quién se hará cargo de los efectos jurídicos que, seguramente, están sucediendo?”, se preguntaron los ex combatientes en el escrito de apelación.
El juez federal de La Plata Alberto Recondo rechazó el lunes la acción de amparo contra la parte del DNU que derogó la Ley de Tierras.
El fallo desconoció la representatividad de la organización de ex combatientes para reclamar contra ese artículo del DNU: “no puede extraerse que el CECIM pueda estar en juicio en defensa de los intereses de los habitantes de la Nación Argentina”.
El juez Recondo añadió que “no surge de los argumentos vertidos ni de la prueba aportada, elementos que permitan concluir de manera clara, que la norma en cuestión le cause un agravio discernible”.
Los ex combatientes respondieron que “resultan agraviantes y profundamente irritantes los términos de la resolución del Magistrado Recondo. Es inadmisible que, en el desempeño de su rol funcional, desconozca la labor que el CECIM La Plata realiza”.
En ese sentido, reivindicó la representatividad y autoridad de cada ex combatiente: “si se les permitió representar al pueblo argentino, a la ciudadanía, frente a una potencia enemiga, ofrendando lo más preciado que detenta un ser humano, la vida, es absurdo que no pueda hacer lo propio frente a una situación análoga, es decir, la defensa de la soberanía territorial frente a una amenaza o situación actual de disgregación”.
“En vano perseguiría el CECIM la defensa de los derechos soberanos sobre el Atlántico Sur si permitiese nuevas dinámicas de coloniaje, configuradas por la compra de ingentes cantidades de tierra por parte de capitales extranjeros”, advierte el escrito de apelación.
El texto le recuerda al juez que “en materia de derecho internacional rige la doctrina de los actos propios. Una decisión judicial que vacíe de sentido y obligatoriedad normativa (y del orden público) a las Leyes nacionales sobre las Malvinas, podría sentar un riesgoso precedente, un argumento a esgrimir por los usurpadores británicos ante la comunidad internacional”.
“¡Miren ustedes, en la República Argentina, el mismísimo Poder Judicial de la Nación da por abandonado este territorio! San Martín se retuerce en donde quiera que esté”, subrayaron.
El fallo del juez Recondo, que ahora pasará a revisión de la Cámara Federal de La Plata, convalidó en los hechos el DNU que dejó sin efecto una medida cautelar que impedía provisoriamente la posibilidad de que capitales extranjeros accedieran sin restricciones a la compra de territorio argentino.
“Nadie puede explicar el porqué de la premura de eliminar la norma por Decreto. El ámbito en que se debe debatir una Ley de orden público, orientada a regular el ordenamiento territorial argentino es el Congreso”, replicaron los ex combatientes.
En ese contexto, advirtieron que “no sólo el Poder Ejecutivo omitió esto, sino que omitió cualquier procedimiento administrativo que permita rastrear el verdadero sentido de la medida. El DNU 70/23 no deja huellas pues sus fines reales (no el panegírico de la libertad de sus considerandos) no puede ser develado”, remataron.