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¿Es constitucional el DNU que prohíbe reuniones sociales? Opinan especialistas


El abogado constitucionalista Daniel Sabsay, el diputado provincial Nicolás Mayoraz, el docente de la UNR Benito Afalo y el docente Domingo Rondina dejaron sus posturas respecto al decreto del gobierno nacional

El gobierno nacional anunció el pasado viernes la extensión de la cuarentena en el Amba y, a la par, nuevas medidas complementarias, entre las que se incluyó la suspensión de las reuniones sociales en todo el país durante 15 días. Alberto Fernández confirmó la decisión este lunes al firmar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el cual fue criticado por gran parte de la oposición, y muchos referentes denunciaron que es inconstitucional.

Los especialistas consideraron que el DNU va en contra de lo que plantea la Constitución Nacional, sobre todo desde el punto de vista de la sanción penal que impone. El abogado constitucionalista Daniel Sabsay afirmó en declaraciones radiales que “es muy preocupante este DNU que avanza inclusive en materia penal. Eso no lo vimos nunca. Una de las materias excluidas ante cualquier DNU es la cuestión penal y el presidente acaba de crear una figura nueva que es una legislación por analogía de los delitos contra la Salud. Eso viola la prohibición que la propia Constitución Nacional indica”.

En casos como este es posible pedir a la Corte Suprema de Justicia que intervenga. Sabsay ahondó en ese sentido al asegurar: “La Corte sólo debe actuar frente a una presentación, no puede actuar per sé. Si hay una presentación la Corte debería declararlo inconstitucional, es de libro, no se requiere ninguna interpretación”.

Finalmente, el letrado remarcó que los Colegios de Abogados mantienen un llamativo silencio: “Están renunciando a un derecho que tienen que es defender la independencia de la justicia y la Constitución Nacional. No están presentes en este rol”.

En ese sentido, CLG dialogó con tres especialistas en derecho constitucional: el diputado provincial Nicolás Mayoraz; el docente de la Universidad Nacional de Rosario, Benito Afalo; y el docente Domingo Rondina. Las tres calificadas voces plantearon su postura respecto al decreto del gobierno nacional.

Nicolás Mayoraz

El diputado provincial por Somos Vida y Familia y abogado constitucionalista criticó la medida: «La novedad que tiene este decreto es que ahora hace una distinción entre lo que es la Dispo (Distanciamiento social) y la Aspo (Aislamiento social, preventivo y obligatorio). Entiendo que el planteo de tratar de relevar y regular todo el país desde la presidencia de la Nación es totalmente improcedente. Planteamos en la Legislatura santafesina un proyecto de ley en la cual reasumíamos funciones y tareas propias de la competencia provincial».

Mayoraz aseguró que el decreto «es inconstitucional», y justificó: «El nuestro es un sistema federal de gobierno, donde las provincias tienen autonomía, y la salud pública no es una facultad indelegable de Nación. El presidente se equivoca, y en eso es inconstitucional el decreto, porque alegan que la salud pública es indelegable, y no lo es. Es una facultad concurrente entre Nación y Provincia. Acá se ve un poco el disparate de este centralismo porteño que pretende regular desde un escritorio de Capital Federal la realidad de las provincias».

«Es inconstitucional porque las provincias perfectamente pueden regular y modular de qué forma se realiza el aislamiento o se combate el coronavirus, por supuesto concertadamente con Nación, pero me parece que en ese punto el decreto muestra una vez más su inconstitucionalidad», ahondó.

«Acá te vas a encontrar con departamentos enteros en Santa Fe que nunca han tenido un caso de covid-19 y tienen que estar aislados. Esto muestra que ese tratamiento es injusto», agregó el legislador provincial.

Además, el diputado santafesino cuestionó la no participación del Congreso Nacional en la decisión: «Al principio el presidente estaba más que justificado por la incertidumbre de la situación, el Estado Nacional es el único que tiene competencia para regular sobre el cierre de fronteras, el ingreso de extranjeros al país, la prohibición de los vuelos. Pero ya han pasado más de 140 días, no hay ninguna urgencia, el Congreso Nacional funciona para cualquier tipo de ley, y las provincias tienen competencias propias para regular de qué forma se va aplicando el aislamiento y el distanciamiento social».

Benito Afalo

El docente de derecho constitucional en la Facultad de Derecho de la UNR explicó su postura: «Acá hay que aplicar el principio de racionabilidad, porque hay dos derechos fundamentales en conflicto: la libertad ambulatoria y la salud. Son dos derechos que tienen rango constitucional».

«Cuando hay dos derechos que chocan, según cada caso, se va a analizar cuál de los dos se prioriza. Por ejemplo, en el marco de una pandemia, uno no puede prohibirle a la gente salir durante 20 años, pero creo que sí se puede restringir este tipo de derechos, siempre y cuando esté claramente determinado un tiempo», añadió.

En ese sentido, Afalo se refirió a la situación actual: «Frente al caso concreto, ¿existe algún remedio menos gravoso que el que estás tomando? No, no lo hay. ¿Parece razonable mantener un distanciamiento? Sí, parece razonable porque no hay otra manera. ¿Esto tiene una limitación? Sí, es por 14 días. Entonces pienso que hoy el decreto es constitucional».

Sin embargo, el especialista explicó que el análisis cambia si la medida se extiende en el tiempo: «Ahora, si dentro de seis meses seguimos con esta medida voy a pensar que es irrazonable. Hoy para mí esto es constitucional por lo que se presenta, no hay remedio, no hay vacuna y la limitación a la libertad es temporaria».

Por otra parte, también cuestionó la cantidad de decretos que está firmando Alberto Fernández: «La legislación que está tomando a través de los decretos se está pasando, hay un problema de constitucionalidad en el uso de los DNU. Si el Congreso lo ratifica, se terminó el problema».

Por último, Afalo se refirió a la autonomía de las provincias: «Toda esta legislación sanitaria que se está dictando es atribución de los gobernadores fundamentalmente, no del presidente, como es en otros lugares. En Brasil muchos gobernadores cerraron sus estados, en Estados Unidos muchos gobernadores pusieron la cuarentena y ordenaron el distanciamiento social, pese a Trump. Por algo las provincias tienen sus propios Ministerios de Salud. Creo que esto es una atribución más provincial que nacional».

Domingo Rondina

El abogado constitucionalista y docente de la UNL aseguró que el decreto es constitucional: «Es una normativa de excepción que restringe algunas libertades individuales, en el mismo sentido que son todos los DNU anteriores que se dictaron desde mediados de marzo. Lo cierto es que esa restricción resulta constitucional en tanto y en cuanto es razonable. Tiene una finalidad concreta y útil para la resolución de un problema grave, y es temporaria. En este caso, por 15 días».

«Si tuviésemos un reproche constitucional que hacerle, deberíamos hacerlo a todas las anteriores, pero lo cierto es que tanto los estudiosos del derecho constitucional como la jurisprudencia han determinado que esas restricciones resultan razonables en estas circunstancias. Por lo tanto, hasta el momento tenemos que decir que el decreto es válido», agregó.

Con respecto a la participación del Congreso en los decretos, Rondina señaló: «No hay problema, y de hecho todos los DNU han ido sucesivamente al Congreso como marca la Constitución, y el Congreso los ha convalidado desde marzo hasta ahora. Obviamente, como es una decisión que se hace por 15 días teniendo en cuenta la evolución de la pandemia, no es una decisión que pueda hacerse por ley de carácter permanente, son decisiones que inevitablemente deben disponerse por decretos ejecutivos».

«Así como hace un mes se permitió habilitar reuniones, ahora se considera que no es necesario, y eso se tiene que ir haciendo día a día de acuerdo a la evolución de la enfermedad», argumentó el abogado santafesino.

Con respecto a la autonomía de las provincias, Rondina expresó: «Entiendo que la mayoría de las decisiones tienen que ser dispuestas por el gobierno nacional porque el virus no conoce de fronteras provinciales, lo cierto es que aquellas cosas que se consideran desde el gobierno nacional que pueden adecuarse según límites geográficos, se les permite a los gobiernos provinciales adherirse o no. Me parece que es muy razonable suspender las reuniones sociales, en las casas particulares no hay protocolos ni posibilidad de controlar».