Ricardo La Regina fue acusado de daño ambiental y crueldad animal. La pena se dará a conocer el próximo lunes 11 de noviembre.
El productor ganadero Ricardo La Regina fue encontrado culpable de la matanza de pingüinos en Punta Tombo en 2021. El tribunal de Chubut expresó que “esta resolución genera un antecedente judicial importante en el cuidado del medio ambiente”.
Los jueces Carlos Richieri, Eve Ponce y Laura Martini dictaminaron que La Regina «es autor penalmente responsable de daño agravado en concurso ideal con crueldad animal”.
“Se trata de un caso sin antecedentes que afectó el ambiente, la biodiversidad, la flora y la fauna en un sector que debía ser protegido”, expresaron desde el Ministerio Público Fiscal de la provincia.
La pena se dará a conocer el próximo lunes 11 de noviembre en la audiencia de censura.
El pasado 28 de octubre comenzó el juicio oral contra el productor acusado de los delitos de daño agravado y crueldad animal por haber “la presunta muerte de numerosos pingüinos en la estancia Punta Clara, ubicada al norte de la reserva de Punta Tombo, durante el período entre agosto y diciembre de 2021”.
De acuerdo a la investigación, el productor ganadero utilizó una retroexcavadora para hacer un camino paralelo a la costa sin la debida autorización, “lo que impactó negativamente en los nidos de pingüinos en plena época de reproducción”.
Además, se le imputa la instalación de un alambre electrificado, también sin permisos, que “habría afectado el entorno de los pingüinos “.
En la primera jornada de debate La Regina ofreció una propuesta reparatoria con la donación de 500 hectáreas al Estado para que “termine de ordenar el manejo del recurso pingüinos, entre ellas, la sesión de la llamada Punta Clara”.
Sin embargo, la fiscal general Florencia Gómez y los dos querellantes se opusieron a la aplicación de la suspensión de juicio a prueba y de la propuesta.
Durante la etapa de alegatos la fiscal subrayó que “los delitos cometidos quedaron acreditados, con los testimonios de profesionales y especialistas que se expresaron sobre el daño causado”.
Asimismo, destacó que la “acción efectuada con una máquina retro excavadora produjo un desmonte de 2.049 metros cuadrados de flora y fauna, vegetación cuya propiedad no le corresponde al imputado, sino que al Estado, afectando en algunas partes zonas irrecuperables, además de nidos, huevos y pichos de pingüinos durante su etapa reproductiva”.
“Hubo un desprecio total por la biodiversidad del lugar, ya que entendió que el imputado era consciente de los daños que estaba ocasionando en procura de su objetivo económico que puso por encima del grave ambiental que ocasionó”, concluyó.