Política y Economía

El proyecto de Movilidad Jubilatoria dispone aumentos trimestrales


El proyecto que modifica la Ley de Movilidad Jubilatoria incluye para el sector pasivo un esquema de cuatro aumentos en el año, uno cada tres meses

El proyecto que modifica la Ley de Movilidad Jubilatoria incluye para el sector pasivo un esquema de cuatro aumentos en el año, uno cada tres meses, con un índice basado en el aumento de la recaudación de la Anses y los ajustes salariales.

Los siguientes son los principales puntos de la iniciativa:

– En la actualización de las remuneraciones se aplicará un índice combinado entre un cincuenta por ciento a la evolución de los salarios, medidos por el índice RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) en función de los trabajadores formales del MTEySS, y un cincuenta por ciento de la recaudación tributaria de ANSES.

– En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario.

– La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) elaborará y aprobará el índice trimestral de la movilidad y realizará su posterior publicación.

– Se dispone que la primera actualización sobre la base de la movilidad especificada en el párrafo anterior se hará efectiva a partir del 1° de marzo de 2021.

– Se establece que la movilidad dispuesta será aplicable a las prestaciones de los regímenes especiales a las que no se les aplique un incremento específico.

– Se faculta al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que, en forma conjunta con el Ministerio de Economía y la ANSES, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicten las normas aclaratorias y complementarias.