Fernández destacó la creación de un Tribunal Federal de Garantías, el cual "tendrá competencia exclusivamente en cuestiones de arbitrariedad y al que se podrá llegar por vía del recurso extraordinario"
El presidente Alberto Fernández anunció el lunes 1º de marzo una serie de iniciativas para producir reformas y garantizar procedimientos más transparentes en el Poder Judicial, como la creación de un Tribunal Federal de Garantías, la reglamentación más estricta del artículo 280, que permite a la Corte Suprema rechazar un recurso extraordinario o de queja sin fundamentarlo por escrito, y cambios en el mecanismo de designación de jueces y el control de sus conductas.
«Nuestra idea de promover la creación de un Tribunal Federal de Garantías que tendrá competencia exclusivamente en cuestiones de arbitrariedad y al que se podrá llegar por vía del recurso extraordinario», anticipó Fernández a los legisladores.
Este tribunal tendrá a su cargo el trámite de los recursos, lo que aliviaría a la Corte Suprema de un número ingente de pedidos anuales que, en muchos casos, desestima con la aplicación, sin más detalles, del controvertido artículo 280.
«De ese modo -mencionó el presidente en la apertura de sesiones ordinarias-, la Corte Suprema de Justicia podría circunscribir su competencia a aquella temática que la Constitución expresamente le ha dado».
De acuerdo a la normativa constitucional, la Corte Suprema debería intervenir ante los conflictos entre provincias, entre provincias y particulares, y además ejercer el llamado ‘control de constitucionalidad’.
Para delinear el Tribunal Federal de Garantías, el Presidente tomó la propuesta del constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien en el artículo «Reformar para transformar: la creación de un Tribunal Federal de revisión de sentencias arbitrarias», firmado junto a la jurista Marisa Herrera, elaboró un trabajo de síntesis de todos los estudios especializados que analizaron el tema a partir de un disparador fáctico, verificable: cada año, la Corte rechaza cerca del 80 por ciento de los recursos extraordinarios o de queja que le llegan.
Gil Domínguez integró el Consejo Consultivo para la Reforma Judicial que analizó propuestas para producir reformas institucionales y mejorar el funcionamiento de la Justicia y el ministerio público fiscal.
Sumada a esta iniciativa, y junto a la duplicación de los tribunales federales a partir de la fusión de Fuero Federal y el Penal Económico, el Gobierno sumó también la iniciativa de aplicar el juicio por jurados en la sanción de delitos federales graves.
Esa propuesta apunta a sanear y mejorar el sistema de justicia con la conformación de un tribunal popular para este tipo de delitos, que será el que, en definitiva, dictamine culpabilidad o inocencia.
«Estaremos cumpliendo así con una cláusula de la Constitución Nacional de 1853 que nunca se hizo operativa a nivel federal», argumentó sobre este punto el jefe de Estado.
En cuanto a la designación de jueces, el Presidente anunció que enviará al Poder Legislativo un proyecto de reforma del Consejo de la Magistratura para «despolitizar ese ámbito, para que los mejores y más capaces magistrados lleguen a ocupar sus funciones sin condicionamientos, sin favores a devolver, y sin la contaminación con los poderes corporativos o políticos», comunicó Fernández.
En principio, el proyecto elevaría el número de consejeros de 13 a 16, para ampliar la base de representación y agilizar el complejo proceso de elección de magistrados, que debe pasar por un proceso de orden de mérito en base a los antecedentes, más exámenes, una audiencia oral y, finalmente, el acuerdo del Senado, siempre que el Ejecutivo lo elija al candidato entre los integrantes de la terna.
El Consejo de la Magistratura también supervisa el desempeño de los magistrados pero, como un modo de afianzar el perfil de juez más comprometido con la ética, el Ejecutivo incorporó a su proyecto de Reforma Judicial -que ya tiene media sanción del Senado- un compilado de ‘reglas de actuación’ para los jueces en ejercicio.
Este decálogo de buena actuación prescribe, entre otros deberes, que el magistrado debe mantener un ‘trato equivalente’ entre las partes; ejercer su función libre de interferencia y comunicar al Consejo de la Magistratura cualquier intento de ‘influencia indebida’ por parte de personas, grupos de poder o miembros de otros poderes de la Nación.