El traslado y asistencia mecánica por problemas técnicos, pinchaduras o falta de combustible ya no estará vigente. Sí corresponde en caso de incendio o accidente
A partir de una resolución publicada en el Boletín Oficial este viernes, las compañías aseguradoras ya no ofrecerán servicios de remolque y auxilio mecánico, que ahora estarán a cargo exclusivamente de los usuarios.
La Superintendencia de Seguros de la Nación anunció la resolución 217/2024, que establece que en caso de daño, incendio, robo o hurto que impida la circulación del vehículo asegurado, los gastos de traslado o remolque serán responsabilidad de la empresa aseguradora.
La medida entró en vigor el viernes 26 de abril, y las compañías de seguros tendrán un plazo máximo de 90 días para adaptarse a esta disposición.
Con esta resolución, la cobertura que las aseguradoras brindaban anteriormente sobre traslado, remolque y asistencia mecánica para problemas como desperfectos, pinchaduras o falta de combustible ya no estará vigente. La nueva regulación se centra únicamente en situaciones de accidente, incendio, robo o hurto.
Aunque para las aseguradoras esto supondrá un alivio en sus costos, para los usuarios significará un gasto adicional. La incógnita radica en cómo afectará esto a los precios de las pólizas, dado que las empresas tendrán una responsabilidad menos que cubrir.