El Gobierno oficializó hoy nuevos montos límite de ventas totales anuales para que una empresa sea considerada micro, pequeña o mediana, que incluyen variables como cantidad de personal y exportaciones, al ajustar los límites de facturación según el costo de vida.
La decisión se tomó a través de una resolución del Ministerio de Producción, publicada en el Boletín Oficial, a través de la cual se elevaron los límites de facturación anual según las especificidades de cada sector y su evolución reciente.
«Es conveniente incorporar a la definición de micro, pequeña y mediana empresa el atributo relativo al personal ocupado, realizar ciertas precisiones en torno a la vinculación, el control y los grupos económicos, así como adecuar los montos límite de ventas totales anuales», de acuerdo con el texto oficial.
De este modo, para la industria se considerará «microempresa» a la que facture en promedio durante los últimos tres años hasta 13,4 millones de pesos; «pequeña» hasta 81,4 millones; «mediana tramo 1» hasta 661,2 millones y «mediana tramo 2» hasta 966,3 millones.
Se entiende por valor de ventas totales anuales al monto de las ventas que surja del promedio de los últimos tres ejercicios comerciales o años fiscales, según la información brindada por la empresa mediante declaración jurada, recordó la Casa Rosada.
También, el Poder Ejecutivo -a través de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa- incorporó la variable de personal empleado.
Por ejemplo, para las compañías que hagan actividades de comisión o consignación se tomará sólo el empleo, algo que «les permitirá encuadrarse dentro de la categoría que más se ajuste a su tamaño real», según la resolución.
Además, con el fin de «incentivar las ventas al mercado externo» se redujo el porcentaje de las exportaciones a considerar para la categorización «pyme» de 50% a 25%.
La última adecuación de los valores máximos de ventas totales anuales para cada categoría de micro, pequeñas y medianas empresas, se había realizado en abril de 2017.