Política y Economía

El gobierno definió qué sectores deberán informar precios y stock a través del Sipre


El Sipre se lanzó esta semana y su objetivo es, según el gobierno, "disponer de información cierta y actualizada que permita identificar y caracterizar las diversas problemáticas de los sectores económicos

El Ministerio de Desarrollo Productivo aprobó este viernes el procedimiento para el suministro de la información requerida a través del «Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica» (Sipre), a través del cual busca incrementar el control de precios.

Según lo dispuesto, la totalidad de actividades de los sectores de comercio e industria cuyos productos deberán informarse al Sipre, son las siguientes:

  • Preparación de frutas, hortalizas y legumbres.
  • Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal.
  • De productos lácteos.
  • De productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón, de productos alimenticios.
  • De alimentos preparados para animales.
  • Elaboración de bebidas.
  • Fabricación de papel y de productos de papel.
  • De productos minerales no metálicos.
  • De vidrio y productos de vidrio.
  • De equipos y productos informáticos.
  • De equipos de comunicaciones y transmisores de radio y televisión.
  • Industrias básicas de hierro y acero.
  • La de fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos.
  • De aparatos de uso doméstico.
  • De muebles y colchones.
  • Sectores de venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, y de artículos de uso doméstico y personal.
  • Comercialización al por menor en comercios no especializados, y de productos alimenticios, bebidas y tabaco en comercios especializados.

Frente a la suba de precios, el Gobierno refuerza los controles y crece el malestar en el sector privado

De acuerdo con la Disposición 4/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, las empresas proveedoras de insumos o bienes finales, productoras, distribuidoras o comercializadoras, deberán informar los precios, cantidades producidas y/o vendidas y stock disponible de la totalidad de sus productos, de forma unitaria, sea cual fuere el destino.

La primera presentación deberá realizarse dentro del periodo comprendido entre el 1 al 10 de abril de 2021, según el texto oficial.

También se estableció que las presentaciones mensuales contendrán la información correspondiente a los precios, cantidades y stock del mes inmediato anterior.

La información suministrada a través del repositorio de información del Ministerio de Desarrollo Productivo, podrá ser rectificada entre el 11 al 15 del mes correspondiente a la presentación efectuada, aclaró la Disposición.

El Sipre se lanzó esta semana y su objetivo es, según el gobierno, «disponer de información cierta y actualizada que permita identificar y caracterizar las diversas problemáticas de los sectores económicos implicados en la producción, distribución y comercialización de bienes finales e insumos con mayor impacto en la población».

Por tal motivo, consideró necesario disponer la reglamentación de la norma, a los fines de sistematizar los aspectos técnicos vinculados a la operatoria, «promoviendo la implementación de una herramienta ágil, que facilite la comunicación de la información requerida a los sujetos alcanzados».