El Instituto Nacional de Vitivinicultura determinó que los productos que hayan sido sacados de circulación, será destinados a la elaboración de alcohol para fines benéficos
La misma estableció en forma excepcional y transitoria por el término que dure la emergencia sanitaria, que aquellos productos calificados en forma definitiva como adulterados, aguados, manipulados y en infracción, que se encuentren intervenidos a granel en establecimientos vitivinícolas inscriptos en el INV, una vez cerrada la etapa analítica, tendrán como destino la destilación con fines benéficos y solidarios y vinculado a la pandemia de coronavirus.
También indicó que aquellos establecimientos industriales inscriptos ante el Instituto interesados en utilizar como materia prima los productos intervenidos, deberán presentarse ante la dependencia del INV de su jurisdicción, solicitando tal extremo e indicando el destino final del producto producido, debiendo acreditar su recepción por parte del beneficiario.
Los beneficiarios del alcohol producido, cualquiera sea su forma o característica final, deberán ser entes públicos nacionales, provinciales o municipales.
Los establecimientos industriales interesados tendrán a cargo el flete desde el lugar de intervención de los productos vínicos hasta la destiladora.