Solo atenderán a las personas que ya cuenten con turnos previamente asignados por vía electrónica
Los Registros de la Propiedad Automotor volverán a operar desde este miércoles, pero sólo atenderán a aquellas personas que contaren con turnos previamente asignados por vía electrónica, oficializó hoy el Gobierno.
Por medio de una Disposición de la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA) publicada este lunes en el Boletín Oficial, se estableció que desde el 22 de abril los Registros Seccionales -que estaban cerrados desde el inicio de la cuarentena, el 20 de marzo último- vuelvan a operar en casi todo el país.
Según lo dispuesto, la prestación se retomará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego.
La atención al público se limitará a aquellas personas que contaren con turnos previamente asignados por vía electrónica a través de la página web de la DNRPA (www.dnrpa.gov.ar).
Los Registros deberán instalar barreras físicas de separación entre el personal del Registro Seccional y el público usuario, por lo que deberán adecuar sus instalaciones.
Además, se extendió en dos horas l horario de cierre de la atención al público, durante la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541.
A tal efecto, deberán respetarse «los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales. En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del coronavirus», aclaró la DNRPA.
Por medio de otra Disposición, el organismo estableció que los contratos de prenda inscriptos entre el 20 de marzo de 2015 y el 21 de abril de 2015, podrán presentarse para su reinscripción hasta el 15 de mayo de 2020.
Asimismo, las medidas cautelares con vencimiento en el período comprendido entre el 20 de marzo de 2020 y el 21 de abril de 2020, podrán ser presentadas para su reinscripción hasta el 15 de mayo.
Por último, se prorrogó también hasta el 15 de mayo la vigencia de las Cédulas de Identificación de los automotores y motovehículos con vencimiento entre el 20 de marzo de 2020 y el 21 de abril de 2020.