La jueza Natalia Benvenuto dio a conocer los fundamentos de las condenas por el asesinato de la hincha de Central, ocurrido en septiembre de 2023
La Justicia dio a conocer los fundamentos de las condenas por el crimen de Ivana Garcilazo, la hincha de Rosario Central asesinada el 30 de septiembre de 2023, después del clásico frente a Newell’s. Ariel Matías Cabrera y Damián Reifenstuel recibieron penas de 20 años de prisión, mientras que Juan José Masson fue condenado a 18 años.
La jueza Natalia Benvenuto explicó que los tres fueron considerados coautores de homicidio simple con dolo eventual, agravado por haber sido cometido en ocasión de un espectáculo deportivo. Según la reconstrucción judicial, los acusados arrojaron fragmentos de baldosas contra Ivana y su pareja cuando circulaban en moto por la zona del Parque Independencia.
Durante la lectura de los fundamentos, la magistrada contextualizó el asesinato en el clima de rivalidad que rodea al clásico rosarino. “La muerte de Ivana Garcilazo no ocurrió en un vacío social. Ocurrió en una ciudad atravesada por la pasión, la rivalidad y la expectativa que despierta el clásico entre Rosario Central y Newell’s Old Boys”, señaló.
Dolo eventual: no se probó una intención directa de matar
Uno de los puntos centrales de la sentencia fue la aplicación de la figura del dolo eventual. El tribunal consideró probado que los tres acusados lanzaron proyectiles contundentes contra la víctima y su pareja, aun cuando se desplazaban en motocicleta, y que esa conducta implicaba aceptar la posibilidad de causar una muerte.
“Arrojar proyectiles contundentes de gran peso contra zonas vitales de personas que se desplazaban en motocicleta es utilizar un medio inusitadamente peligroso con aptitud objetiva para causar la muerte”, fundamentó Benvenuto.
La jueza resumió el criterio judicial con una explicación directa: “Dicho en palabras simples, no se probó que quisieran matar a una persona determinada como fin, pero sí que, sabiendo que podían matar, siguieron adelante y aceptaron esa posibilidad”.
El tribunal también sostuvo que los tres agresores fueron identificados con certeza y que se acreditó que cada uno arrojó proyectiles al paso de Ivana y su pareja. Para atribuirles responsabilidad por el resultado, explicó la magistrada, no era indispensable determinar cuál de las piedras impactó en la víctima.
Benvenuto aclaró, además, que los condenados eran adultos con capacidad de autodeterminación y descartó que la decisión pudiera apoyarse en una supuesta inmadurez de los acusados.
Por qué Cabrera y Reifenstuel recibieron penas más altas
Las diferencias entre las condenas también fueron explicadas durante la lectura de los fundamentos. Cabrera y Reifenstuel recibieron 20 años de prisión, mientras que Masson fue condenado a 18.
La jueza remarcó que las penas no podían establecerse en función de la conmoción social generada por el caso, la repercusión mediática o los reclamos de las partes, sino a partir de la responsabilidad individual de cada acusado.
En ese marco, la condición de docentes y formadores deportivos de Cabrera y Reifenstuel fue considerada un agravante, por la mayor capacidad que se les atribuyó para comprender la criminalidad de sus actos.
También se evaluaron las conductas posteriores al ataque. En el caso de Reifenstuel, el tribunal tuvo en cuenta que planificó su fuga, cruzó ilegalmente a Bolivia con una identidad falsa y permaneció prófugo durante más de un año, prolongando el sufrimiento de la familia.
Respecto de Cabrera, se consideró que, después del ataque, forcejeó con la pareja de Ivana en lugar de asistir a la víctima, lo que obstaculizó la posibilidad de brindar auxilio.
Masson, por su parte, recibió una pena dos años menor al no presentar esos agravantes específicos.
La magistrada también descartó que hubiera pruebas suficientes para sostener la hipótesis de una planificación homicida con reparto de tareas, planteada por la querella. Según explicó, no se acreditó una intención directa de matar ni una premeditación orientada a provocar la muerte de Ivana.
Inhabilitación perpetua para ingresar a estadios
Además de las penas de prisión, el fallo estableció que los tres condenados quedarán inhabilitados de manera perpetua para ingresar a cualquier espectáculo futbolístico.
A Cabrera y Reifenstuel se les impuso, asimismo, una inhabilitación de 15 años para desempeñarse como deportistas, técnicos, dirigentes, colaboradores o integrantes de subcomisiones en entidades deportivas, tanto de la región como del resto del país.
La resolución profundizó así en la responsabilidad penal por el ataque ocurrido tras el clásico rosarino y en los criterios utilizados para determinar las condenas, con especial atención a la conducta de cada acusado antes y después del crimen.
