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Corte Interamericana de Derechos Humanos condena a Chile por vulnerar derechos de profesora lesbiana


La condena de la Corte IDH hacia el Estado chileno contempla la publicación de la sentencia en el Diario Oficial y otro de circulación nacional, como también en el sitio web del Estado, además de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado de Chile por vulnerar los derechos a la igualdad y no discriminación de la profesora de religión Sandra Pavez, quien en 2007 fue apartada del Liceo Cardenal Antonio Samoré del barrio capitalino de San Bernardo luego de que se conociera que era lesbiana.

Pavez ejercía como docente desde 1985, sin embargo, en 2007 la Vicaría para la Educación del Obispado de San Bernardo le anuló el certificado de idoneidad, que es solicitado por el Ministerio de Educación para ejercer como profesor o profesora de religión, dando como motivo su orientación sexual.

Tras verse impedida de ejercer en cualquier recinto educacional, Pavez interpuso un recurso de protección contra la decisión de la Vicaría que fue rechazado por la Corte de Apelaciones de San Miguel, situación que fue confirmada por la Corte Suprema de Chile.

Ante esto, la Corte IDH dictaminó ayer en su sentencia que los derechos a la libertad personal y a la vida privada de esta docente se vieron afectados debido a que “la revocación del certificado de idoneidad se debió precisamente a la orientación sexual de Sandra Pavez”.

La Corte agregó que Pavez también se vio afectada porque su vida sexual “fue objeto de intromisiones por parte de la Vicaría, que la habría exhortado a terminar su vida homosexual, y porque se condicionó su permanencia en el cargo de profesora de religión católica a su sometimiento a terapias médicas o psiquiátricas”.

La condena de la Corte IDH hacia el Estado chileno contempla la publicación de la sentencia en el Diario Oficial y otro de circulación nacional, como también en el sitio web del Estado, además de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.

Se establecen también indemnizaciones para Pavez, que deberá pagar el fisco, y que suman por “daño inmaterial” 30.000 dólares y 5.000 dólares por “daño material”.

La Corte IDH forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) y sus resoluciones deben ser acatadas obligatoriamente por los países del hemisferio que han reconocido su jurisprudencia.