Fue resuelto por unanimidad en un juicio que se desarrolló en la ciudad de Santa Fe. El sentenciado es Juan Eduardo Bovino, de 24 años
Un hombre de 24 años identificado como Juan Eduardo Bovino fue condenado a prisión perpetua como autor del femicidio de Carla Vanesa Rivas cometido en 2017 en la ciudad de Santa Fe.
La pena fue impuesta por unanimidad por el tribunal integrado por los jueces Jorge Patrizi (presidente), José Luis García Troiano y Pablo Ruiz Staiger en el marco de un juicio oral que finalizó esta mañana.
Bovino también fue condenado por intentar quitarle la vida a los tres hijos de Rivas y por evadirse del edificio de los tribunales de la capital provincial. Además, fue declarado reincidente a raíz de un antencedente penal condenatorio que ya tenía.
La fiscal que investigó el caso es Ana Laura Gioria. Junto con el fiscal Andrés Marchi representaron al MPA en el debate oral.
“Esta sentencia es el final de un camino que comenzó en 2017”, destacó Gioria y agregó que “podemos afirmar que concluyó de manera muy satisfactoria de acuerdo con lo que esperaba la familia de Carla”.
La fiscal del MPA dijo que “aún no conocemos los fundamentos del fallo”. En tal sentido, explicó que “de acuerdo a lo que fue informado en la audiencia de esta mañana, los jueces entendieron que el homicidio de Carla fue calificado por la utilización de un medio idóneo para crear un peligro común y por femicidio”.
En relación a las agravantes, Gioria recordó que “en el inicio de la investigación, Bovino fue imputado como autor del homicidio calificado por el medio idóneo y por alevosía”. No obstante, la fiscal advirtió que “a medida que avanzamos con las diligencias y pudimos conocer la realidad y el contexto de sometimiento que sufría Carla, le atribuimos a Bovino el femicidio”.
“Si bien entre el condenado y Carla no hubo una relación afectiva sentimental, sí se trataba de cierta amistad y confianza, la cual fue aprovechada por el hombre para someterla, retenerla en su casa contra su voluntad y, finalmente, para quitarle la vida”, argumentó la fiscal.
Por último, Gioria concluyó que “fueron muy importantes la información y los datos aportados por la familia de la víctima y por distintos actores del barrio Chalet”.
Gioria y Marchi recordaron que “el femicidio de Rivas fue cometido el viernes 1 de diciembre de 2017, alrededor de las 14:30 en una vivienda de barrio Chalet, donde estaban las víctimas”. Según relataron, “Bovino ingresó al domicilio, abordó a la mujer de forma violenta y la golpeó en distintas partes del cuerpo con el objetivo de que no pudiera escapar del incendio que pretendía iniciar”.
“Minutos más tarde, el condenado roció combustible en el piso de la vivienda y lo prendió con fósforos, lo cual evidenció claramente su voluntad de matar”, expresaron Gioria y Marchi y añadieron que “la mujer falleció a causa del ataque y sus hijos –dos de los cuales eran menores de edad en ese momento– sobrevivieron gracias a que un vecino los ayudó a salir de la vivienda y fueron trasladados de urgencia a los hospitales Cullen y Alassia”.
Los representantes del MPA informaron que “Bovino huyó de la vivienda luego de cometer los delitos. Sin embargo, se ordenaron numerosas diligencias y logramos identificarlo”. Asimismo, aclararon que “en abril de 2018 se libró una orden de detención que permitió que el lunes 21 de mayo de ese año se concretara su detención”.
Gioria y Marchi precisaron que “el 23 de mayo, se trasladó al hombre investigado al edificio de tribunales para la realización de una rueda de reconocimiento”, y mencionaron que “en ese marco, se escapó del edificio judicial”.
“Bovino estaba alojado en una celda del subsuelo y antes de la audiencia, desamuró y arrojó al suelo un ventilador extractor de aire que estaba a poco más de dos metros de altura”, aseguraron los fiscales. También precisaron que “cortó el cableado eléctrico, lo apartó, salió hasta un patio interno y luego huyó”.
Respecto de la detención de Bovino, los funcionarios del MPA informaron que “ estuvo prófugo hasta el 28 de agosto de 2018, cuando fue interceptado por personal policial y quedó privado de su libertad”.
Bovino fue condenado como autor del delito de homicidio calificado (por la utilización de un medio idóneo para crear un peligro común y por haber mediado violencia de género –femicidio) La pena también se le impuso por la autoría de tentativa de homicidio calificado (por la utilización de un medio idóneo para crear un peligro común) reiterado en tres ocasiones en perjuicio de los hijos de Rivas. Asimismo, se lo condenó como autor del delito de evasión y fue declarado reincidente.