Los jueces de Cámara Penal Carlos Carbone, Georgina Depetris y Carolina Hernández absolvieron a una de las dos mujeres que habían sido condenada a prisión perpetua por el homicidio del empresario gastronómico Diego Sarjanovic.
En octubre del año pasado Carolina Fernández y Virgina Seguer, madre e hija, fueron condenadas a prisión perpetua por el homicidio de Diego Sarjanovic, quien fue encontrado con más de 60 puñaladas en un departamento de Moreno al 500 luego de haber sido intensamente buscado durante tres días días en 2015.
Hoy la Cámara Penal absolvió a la madre por considerar que cuando llegó al departamento en el que fue encontrada la víctima Sarjanovic ya estaba muerto. Acudió ante el llamado de su hija, quien la recibió con la ropa ensangrentada “ante lo cual entra en shock preguntándole qué le había pasado y ésta le afirma que había matado a Diego. La conduce hacia el dormitorio y lo ve tirado en dicho lugar, cerrando la puerta, con llantos aclara que lo vio inmóvil, no dudando que estaba muerto y que nunca más entró a dicha habitación”.
Los camaristas objetaron del fallo de primera instancia que, entre dos informes de autopsia, se le diera entidad al que situaba a Fernández en el lugar del hecho en el momento en que la víctima aún estaba con vida, “sin dar una concienzuda respuesta sobre por qué se prefiere este criterio por sobre el otro”, sin fundamento científico ni aplicación del principio in dubio pro reo.
Por su parte, Virginia Seguer admitió ser la autora del crimen pero dijo haberlo hecho en legítima defensa. Los magistrados desestimaron esta teoría por considerar que si realmente Sarjanovic hubiera atacado a Seguer sus posibilidades de defenderse habrían sido prácticamente nulas dada la gran diferencia de contextura física entre ambos, de más de 50 kilos y 20 centímetros de altura. Además, valoraron positivamente el testimonio de uno de los policías que declaró durante el juicio, para quien solamente un sorpresivo golpe en la cabeza pudo ser el hecho que dio ventaja a la imputada para apuñalarlo como lo hizo.
Por estas razones decidieron absolver a Fernández y confirmar la condena a Seguer, pese a que se le quitó el agravante de “codicia” por considerar que no hay prueba suficiente que permita inferir que existía una deuda con la víctima, lo que para este caso no modifica la condena.