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Casación confirmó la absolución a Milani por la desaparición del conscripto Ledo


Al ex jefe del Ejército, quien entonces tenía 21 años y era subteniente se lo acusó de haber firmado el acta que daba cuenta de la supuesta deserción de Ledo, algo que se probó fue falso

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la absolución al exjefe del Ejército, César Milani, en la causa por la desaparición del conscripto Alberto Ledo en la última dictadura cívico militar y ordenó revisar la condena a 14 años de prisión que se impuso como «partícipe secundario» a otro acusado, el excapitán Esteban Sanguinetti.

El máximo tribunal penal federal del país rechazó los recursos de Casación de las querellas y la fiscalía y confirmó la absolución de Milani, en un fallo de 135 carillas emitido por los jueces de la sala I, Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa, según la sentencia a la que accedió Télam.

Milani fue absuelto en un juicio oral por el secuestro y desaparición de Ledo, la noche del 17 de junio de 1976 en la unidad militar a cargo del condenado Sanguinetti.

Al ex jefe del Ejército, quien entonces tenía 21 años y era subteniente se lo acusó de haber firmado el acta que daba cuenta de la supuesta deserción de Ledo, algo que se probó fue falso.

«Se advierte que no se ha logrado demostrar que éste hubiera sido quien confeccionó el acta de deserción del conscripto Alberto Agapito Ledo, ni que de haberlo hecho, hubiera tenido conocimiento de que aquél había sido secuestrado del campamento», sostuvieron los jueces de Casación.

La absolución de Milani en un juicio oral en 2019, quedó confirmada por los delitos de «falsedad ideológica y encubrimiento»

En cuanto al condenado ex capitán del Ejército Sanguietti, Casación anuló esa parte del veredicto del Tribunal Oral Federal de Tucumán al hacer lugar a las apelaciones de fiscalía y querellas para que se analice agravar la acusación en su contra.

«Se vislumbra que el accionar atribuido al imputado fue analizado de manera compartimentada o recortada, sin tener en consideración las estructuras delictivas que imperaron en la época y contextualizaban los hechos llevados a juicio», sostuvo el fallo.