Por la Lic. En Ciencia Política María Inés Tula (UBA-CONICET)
La ley 13.010 o «Ley del Voto Femenino» se sancionó el 9 de septiembre de 1947, unos treinta y cinco años después que el Congreso Nacional aprobara la ley 8.871 (conocida también como Ley Sáenz Peña) y que introdujo el sufragio obligatorio, secreto y universal (masculino). La aprobación de esta norma significó la incorporación de 4.225.467 mujeres al padrón electoral, alrededor del 48% de la población, En el proceso legislativo influyó el decisivo apoyo de Eva Duarte, esposa del entonces presidente Perón. Su promulgación fue el 23 de septiembre y, por esta razón, se conmemora en esta fecha el «Día Nacional de los Derechos de la Mujer».
A pesar del importante avance que significó el derecho a votar en igualdad de condiciones que los varones, persistieron en el campo de la política dimensiones de exclusión de género. Así, la posibilidad de poner en práctica el derecho a ser electas para ocupar cargos de decisión se vio impedida por la permanencia de ciertas pautas culturales patriarcales en los partidos políticos. La subrepresentación de mujeres en los parlamentos comenzó a ser visto como un déficit de las democracias.
Así, el cambio más importante en la representación política se produjo en 1991 cuando el Congreso Nacional sancionó la ley 24.012 que introdujo la obligatoriedad de llevar un 30% de mujeres (como mínimo) en las listas partidarias y en lugares con posibilidades de resultar electas. Gracias al «cupo femenino» la representación de las mujeres en la Cámara de Diputados pasó del 5,1% en 1991 al 39% en 2017. También sumó voces al debate parlamentario y diversificó la agenda legislativa.
En 2019 se aplicó por primera vez la ley 27.412 de Paridad de Género en ámbitos de Representación Política. Este cambio significó un avance en la ampliación de los derechos políticos de las mujeres al establecer que las listas a cargos electivos y dentro de las organizaciones partidarias deben integrarse con un 50% de mujeres y de varones intercalando posiciones. (1 y 1). Con la paridad llegamos hoy al 42% de representantes mujeres en el a Cámara de Diputados pero cabe recordar que el aumento cuantitativo no fue un efecto directo de la aplicación de estas leyes. La atenta supervisión de las mujeres y organizaciones de la sociedad civil llevaron adelante numerosas presentaciones judiciales para 1) terminar con una interpretación minimalista, 2) garantizar el cumplimiento por parte de los tribunales electorales y 3) sancionar cuando se las obligaba a renunciar para ceder su lugar.
¿Qué desafíos tenemos por delante? Avanzar hacia una Democracia Paritaria. Implica aumentar el número de mujeres en todos los poderes del estado y garantizar procesos y procedimientos más inclusivos. Los tribunales tienen la obligación de acompañar este cambio incorporando la perspectiva de género para que sus sentencias definan y orienten sociedades más justas.