A partir de marzo se podrá comprar y vender dólares en el supermercado. Así lo resolvió el Banco Central, con la intención de “brindar mayor competencia y transparencia al mercado”. Comercios y personas, previamente registrados, quedarán habilitados como agentes de cambio.
En el marco de la reglamentación del mega decretazo «de necesidad y urgencia», la autoridad bancaria dispuso que cualquier empresa que opere de manera habitual en el mercado libre de cambio podrá funcionar como agencia de cambio. El requisito será inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.
También podrán hacerlo personas físicas que previamente hayan constituido una sociedad anónima unipersonal (SAU) o una sociedad por acciones simplificadas (SAS).
“Un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal, del mismo modo que podrá hacerlo un individuo”, informó el Banco Central en un comunicado.
Por otra parte, el nuevo marco normativo para la actividad busca “simplificar” la tramitación respectiva. “El BCRA continua trabajando para incrementar la oferta cambiaria de manera simple, legal y transparente, quitando incentivos para el funcionamiento de actividades marginales”, continúa el informe
El “Registro de operadores de cambio” funcionará online, será de libre acceso y estará disponible en la web del BCRA. Una vez cumplido el trámite de inscripción, las nuevas agencias de cambio quedarán habilitadas para comenzar a operar de inmediato. Las entidades cambiarias que operan en la actualidad serán incorporadas al Registro de manera automática.
FUENTE: Rosarioplus