De acuerdo a lo publicado por AFIP, hay distintos tipos de beneficiarios que están incluídos dentro de Compre sin IVA
Desde el lunes entró en vigencia el programa Compre sin IVA. Se trata de un beneficio lanzado por el gobierno nacional para reintegrar el 21 por ciento de las compras que se hagan en comercios mayoristas y minoristas y que se paguen con tarjetas de débito.
Pese a que desde un principio el Ejecutivo informó que los beneficiarios del programa eran los jubilados que perciban hasta seis haberes mínimos y los trabajadores que cobren menos de 708 mil pesos, existen otros requisitos que pueden dejar a una persona fuera del nuevo programa.
De acuerdo a lo publicado por AFIP, hay distintos tipos de beneficiarios que están incluídos dentro de Compre sin IVA:
- Jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados.
- Asignaciones universales por hijo para protección social, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados.
- Asignaciones por embarazo para protección social.
- Remuneración por servicios prestados en relación de dependencia, en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil ($708.000). Sobre este último es preciso aclarar que la remuneración se calcula mensualmente y en el caso de pluriempleo se tiene en cuenta el total de los ingresos.
- Monotributistas en todas su categorías, salvo que además tengan una salario en relación de dependencia
- Personal de casas particulares
En tanto que están excluidos del beneficio quienes:
- Superen los límites de ingresos establecidos
- Sean trabajadores autónomos, o tributen en el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no sean vivienda única.
En la página de AFIP se puso a disposición una herramienta para poder corroborar con el Cuit del contribuyente si está incluído o no en el programa. Pese a esto, el titular del organismo que administra los ingresos públicos, Carlos Castagneto, advirtió en declaraciones a medios porteños que el sistema podría tener fallas por lo que la mejor forma de corroborarlo es yendo a hacer una compra y chequear si obtiene el reintegro o no.
“Directamente hay que ir al negocio. Lo que se compra de 0 a 17 hs, se devuelve al día siguiente. En tanto que las compras que se hacen entre las 17 y la medianoche, demoran 48 horas en aplicarse el reintegro del 21%”, explicó.