Gremiales

Trabajadores No Docentes universitarios acordaron un incremento salarial del 31%


El aumento se pagará en tres tramos: 8% en junio, 12% en julio y 11% en el mes de agosto

Los Trabajadores No Docentes de Universidades Nacionales lograron un incremento salarial del 31% a pagarse en tres tramos. Dicha recomposición salarial incluye a los trabajadores de la Universidad Nacional de Rosario (UNR ) y será abonado: 8% en junio; 12% en julio y uno 11 % en el mes de agosto.

Asimismo, se estableció una nueva reunión en septiembre próximo para una nueva revisión salarial teniendo en cuenta el impacto de la inflación.

La reunión paritaria se realizó en el Ministerio de Educación nacional con la presencia de representantes de la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN); el Ministro de Educación de la Nación, Jaime Perczyk, el Secretario de Políticas Universitarias, Oscar Alpa, Alejandro Ferrari en representación del Ministerio de Trabajo , y los miembros paritarios del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).

Por lo pronto, Miguel Roldán, Secretario General de APUR -gremio que nuclea a los No Docentes de la UNR- expresó que “es importante seguir gestionando periódicamente en medio de la situación compleja que está atravesando nuestro país para poder lograr acuerdos como este último los alcanzado para evitar el deterioro del sueldo de las y los trabajadores Nodocentes de las Universidades Nacionales”, y a su vez destacó “la eficacia que tiene nuestro convenio colectivo de trabajo Nº 366/06 que posibilita el seguimiento minucioso de la situación actual para seguir trabajando en la recuperación del valor del salario de nuestros representados”.

Cabe indicar además que se constituyó la comisión AD HOC, cuya autoridad de aplicación es la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, y a la que se ha incorporado la FATUN. En ese sentido, se acordó la elaboración de un documento común dentro de los próximos 30 días, a fin de presentarlo ante la autoridad competente para que se expida acerca de las posibles deducciones que pudieran hacerse con respecto al alcance del impuesto a las ganancias sobre salario y sus componentes.