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Condenan a empresa turística por abandonar en viaje a un cliente de Rosario en plena pandemia


La sanción es contra Almundo, a quien ordenan pagar una indemnización por daños de más de un millón de pesos por dejar varado a un pasajero en 2020

La justicia de Rosario condenó hoy a la empresa de turismo Almundo por «abandonar» a un cliente en un viaje durante la pandemia de 2020, y ordenó pagar una indemnización por daños de más de un millón de pesos, informaron fuentes judiciales.

El Juez en lo Civil y Comercial, Marcelo Quaglia, condenó a la empresa Almundo a indemnizar por más de un millón de pesos a un cliente de Rosario que había comprado en 2020 un paquete turístico a la ciudad de Ushuaia y que en lugar de «asistirlo, lo abandonó en pleno viaje», expresa, entre sus fundamentos, el fallo al que tuvo acceso Télam.

Según la denuncia, el cliente compró en enero de 2020 un paquete que incluía traslados aéreos, terrestres, hospedaje y seguro médico para ir a Ushuaia entre el 16 y el 23 de marzo de ese año.

El día anterior al viaje, y luego de reiterados intentos de ponerse en contacto telefónico con la empresa, el hombre se presentó en las oficinas de la ciudad de Rosario con la intención de cambiar el pasaje debido a que se había decretado el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) a raíz de la pandemia por Covid-19.

Allí, la empresa le aseguró que podía «viajar tranquilo» y que de no hacerlo perdería el dinero abonado y el cliente viajó el día 16 de marzo.

Siempre según consta en la resolución judicial, dos días después de arribar a destino tuvo que regresar debido a que se decretó oficialmente la cuarentena, etapa en la que no logró comunicarse con la empresa turística.

Finalmente, el cliente pudo volver con la ayuda de familiares quienes lograron comprar el pasaje de vuelta en las oficinas comerciales de Aerolíneas Argentinas en la ciudad santafecina de Rosario.

Para el juez Quaglia, «la demandada le negó a su cliente el derecho a su regreso a sabiendas que el viaje tendría resultados inciertos y puso en riesgo la salud e integridad física de su cliente».

«La empresa incumplió con su obligación de informar y asesorar debidamente al actor, exponiéndolo a situaciones indignas e inequitativas que, claramente, configuraron un incumplimiento de gravedad», señaló el fallo en primera instancia.

Y, añadió, que «tal destrato no se limitó a una primigenia circunstancia, sino que se mantuvo durante la ejecución del contrato ya que cuando llegó a su destino y ante las medidas sanitarias vigentes, el demandante nunca logró comunicarse con la prestataria de los servicios».

De esta manera, el juez ordenó a la empresa Almundo S.A a indemnizar a su cliente por una suma superior al millón de pesos, al que se le deberá sumar el pago de los intereses y las costas judiciales.