El mayor impacto lo tendrá la actualización de las tarifas de energía para quienes les corresponda la quita de subsidios, pero también habrá incrementos en combustibles, prepagas y alquileres, entre otros
Febrero llega con aumentos que golpearán el bolsillo de los consumidores y le pondrán presión a la inflación, en medio de la meta que fijó el ministro de Economía, Sergio Massa, de lograr que el índice comience con un «3» en marzo y cierre 2023 en torno al 60%.
El mayor impacto lo tendrá la actualización de las tarifas de energía para quienes les corresponda la quita de subsidios, pero también habrá incrementos en combustibles, prepagas y alquileres, entre otros.
Según el esquema de aumento de los precios de la nafta y el gasoil acordado a través del programa Precios Justos, los combustibles tendrán un incremento de 4% durante febrero y otra suba de 3,8% en marzo.
En tanto, los usuarios residenciales de luz, comprendidos en los niveles 1 de ingresos altos y 3 de ingresos medios, percibirán en sus facturas un incremento promedio de un 14% en el servicio eléctrico.
Por su parte, las facturas de gas aún tienen incrementos tarifarios pendientes de definición.
El pasado 4 de enero se realizó una audiencia pública que aseguró una suba del servicio de gas para febrero, pero aún está pendiente el anuncio oficial del porcentaje exacto. Se trata de las «adecuaciones tarifarias transitorias» que solicitaron las empresas transportadoras (TGN y TGS) y distribuidoras (Naturgy, Metrogas y Camuzzi, entre otras prestadoras), para ajustar los costos del servicio.
Las boletas de gas están compuestas por cuatro ítems que se actualizan de distintas maneras. Los componentes son transporte, que explica el 11% del precio final de la factura; distribución, con un 24% del monto total, mientras que el 25% está compuesto por impuestos nacionales, provinciales y municipales.
Por último, el que tiene mayor peso dentro de la factura, con el 40% del valor total, es el insumo mismo: el gas.
Según adelantó la secretaria de Energía, Flavia Royón, durante 2023 habrá una única actualización en el costo del insumo de 28,3% para aquellos usuarios que perciban ingresos altos y medios.
Por el contrario, esta norma no alcanzaría a un universo de 3,5 millones de usuarios de bajos ingresos que quedaron encuadrados en el Nivel 2 de la segmentación tarifaria vigente desde septiembre pasado, cuyo único incremento anual se concentrará en los otros componentes de la factura: transporte y distribución.
Este esquema fue dispuesto mediante la Resolución 6/2023 y entrará en vigencia a partir de marzo 2023.
En el caso de la medicina prepaga, tuvo durante 2022 un incremento mayor al 100%, superando el índice de inflación que se ubicó en 94,8%.
A partir de febrero de 2023 se comenzará a aplicar una nueva fórmula de aumento de las cuotas, vinculada al índice de variación salarial (Ripte).
Por un plazo de 18 meses, el incremento tendrá como tope máximo el 90% del índice Ripte del mes anterior para quienes tengan ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles ($406.458 en febrero).
Tomando como referencia el Ripte calculado a fines de diciembre, el aumento a aplicar por las prepagas será de 4,91% en febrero para quienes se encuentren por debajo del tope.
Mientras tanto, para los titulares que superen dicho monto, las prepagas aplicarán incrementos mensuales que se regirán de acuerdo al Índice de Costos de Salud, lo cual implicará, en febrero, un aumento de 8,21%.
Para obtener el beneficio se deberá completar una declaración jurada mensual, a través de la página de AFIP.
En tanto, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó incrementos escalonados de hasta 9,8% en febrero y 7,8% en abril para los servicios de telefonía, Internet y televisión por cable.
«Las Licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) podrán aplicar a partir del 1 de febrero de 2023, un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en la modalidad pospaga y/o mixta, en un porcentaje de hasta un 9,80%, tomando como referencia sus precios vigentes al 31 de enero de 2023», según la Resolución 2393/2022 publicada en el Boletín Oficial.
Estos porcentajes de aumentos aplican, en general, para PyME, cooperativas y pequeñas empresas, ya que las grandes firmas del sector recurrieron a amparos y medidas cautelares que les permitieron incrementar sus facturas por encima de los porcentajes determinados por el ente regulador.
Para los inquilinos cuyos contratos tengan que realizar la actualización anual en febrero de 2023, los aumentos serán del 85,88%, según el índice de actualización establecido por la polémica Ley de Alquileres vigente, que contempla las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la variación de los salarios (Ripte).