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Cuáles son los requisitos vigentes para viajar al exterior desde Argentina


El gobierno recordó las exigencias actuales para los argentinos que viajen fuera del país, entre ellos completar el esquema de vacunación

El gobierno recordó los requisitos vigentes por coronavirus para los argentinos que viajen al exterior, entre los que mencionó completar el esquema de vacunación, ya que se trata de una condición para el ingreso a la gran mayoría de los países, y “contar siempre con un seguro de asistencia al viajero ante contagio de Covid-19”.

En ese sentido, sostuvo que se trata de “algunas cuestiones a tener en cuenta” para que los argentinos que viajan al exterior puedan dar cumplimiento a los protocolos vigentes en el escenario epidemiológico actual, tanto al momento de su salida y estadía en destino como a su arribo de regreso al país.

“El Ministerio de Salud de la Nación junto al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior recuerda a los argentinos que viajen al exterior algunas cuestiones a tener en cuenta”, detallaron en un comunicado de prensa.

En ese sentido aconsejaron “completar el esquema de vacunación” y, en los casos en que se den las condiciones “aplicarse la dosis de refuerzo”, teniendo en cuenta, “además, que es un requisito para el ingreso a la gran mayoría de los países”.

Asimismo, precisaron que es fundamental “contar siempre con un seguro de asistencia al viajero ante contagio de Covid-19”, un requerimiento de casi todas las naciones para el ingreso.

En tanto, señalaron que los requisitos para ingresar al territorio nacional “incluyen para los mayores de seis años la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones”.

Además, “una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje”, o “un certificado de alta médica emitido dentro de los 90 días previos que justifique un PCR positivo que acredite que tuvo la enfermedad en ese lapso correspondiéndole dicho alta médico”.

En la declaración jurada, sostuvo el informe, las personas “deberán consignar también la fecha de toma del test PCR preembarque y el laboratorio que lo respalda, además del resultado” y tendrán que contar con el esquema de vacunación completo “por lo menos 14 días antes de su ingreso” o de su exención si por algún motivo la tuviere.

“No se debe iniciar el regreso al país antes de haber recibido el resultado negativo de un test PCR y en el caso de que el resultado fuese positivo, la persona tendrá que activar el seguro de asistencia al viajero y emprender las previsiones que correspondan hasta contar con el alta médica”, mencionó el informe entre los requisitos vigentes.

En ese sentido, aclaró que “siendo Covid-19 positivo o contacto estrecho se debe realizar el correspondiente aislamiento”.

Por otra parte, sostuvo que quienes contraigan Covid-19 encontrándose en el exterior, “solo estarán en condiciones de reingresar al país con el alta médica, habiendo transcurrido al menos 10 días desde el resultado positivo”.

En tanto, para los argentinos y extranjeros residentes en el país mayores de 18 años de edad que no presenten esquema de vacunación completo, “deberán hacer cuarentena y realizarse un PCR al séptimo día de ingreso” y solo los menores de 18 años que no cuenten “están eximidos” de esta condición.

“Aquellas personas que, en cambio, cuenten con esquema completo de vacunación, no deberán realizar aislamiento al ingreso al país sino que harán una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre los días tercero y quinto de su llegada, debiendo evitar concurrir a eventos o reuniones sociales en espacios cerrados durante esos días”, precisó el informe.

El Gobierno Nacional recomendó, asimismo, a las personas no vacunadas, a los mayores de 60 años, y a personas pertenecientes a grupos de riesgo, “diferir sus viajes al exterior”, cuando no respondan al desarrollo de actividades esenciales.

“La infracción al cumplimiento de normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, tendrá consecuencias penales en virtud de lo dispuesto por los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal de la Nación Argentina”, advirtió el informe.