El Senado de la Nación empezó a tratar el tema con la palabra de cuatro expertos en derecho. "Sabemos que existen lobbies muy poderosos que intentarán oponerse a este proyecto", indicaron desde la Multisectorial Humedales Rosario
Con la participación de especialistas, el Senado arrancó con el debate sobre la incorporación de delitos ambientales al Código Penal, un tema que cobró especial relevancia a partir de los trágicos incendios que azotaron en los últimos meses a distintos puntos del país, y en particular a las islas del Delta del Paraná.
“La Multisectorial Humedales Rosario no sólo apoya sino que considera urgente el tratamiento del proyecto de ley que busca incorporar un Capítulo Penal Ambiental al Código Penal Argentino. Sabemos que existen lobbies muy poderosos que intentarán oponerse a este proyecto pero también sabemos que somos un movimiento socioambiental expandido, fortalecido y multitudinario”, advirtió la entidad ambientalista en un documento.
El colectivo, que se conformó para hacer frente a las quemas intencionales que durante casi todo el año pasado devastaron el Alto Delta del Paraná salió así a respaldar el debate, que días atrás arrancó en el Senado de la Nación, de la penalización de los delitos lesivos al medio ambiente, un capítulo que tiene un vacío legal en el país ya que hasta ahora sólo se castigaban en el marco de otras figuras como estrago, residuos peligrosos, o daños a la salud. Ninguna se ajusta, por ejemplo, a las 300 mil hectáreas arrasadas en las islas, donde la biodiversidad del humedal sufrió graves daños e innumerables especies autóctonas de flora y fauna quedaron devastadas.
“Ir preso por robar un chicle pero no por envenenar un río, cazar animales en estado crítico de conservación o incendiar ilegalmente bosques y humedales”, arranca el documento de la multisectorial. Y es, con una distancia no invalidante, lo que se escuchó el 19 de abril en la Cámara alta. Ese lunes fueron convocados a un plenario de comisiones, las de Justicia y Asuntos Penales y la de Ambiente y Desarrollo Sustentable, cuatro expertos en derecho, el consultor del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, de Banco Mundial, del Banco Interamericano de Desarrollo y del Ministerio de Ambiente de la Nación José Esain; el defensor de Cámara en lo Penal, Contravencional y Faltas de la Justicia porteña; Gustavo Aboso; el fiscal federal Federico Iuspa, y el fundador de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas Enrique Viale. Fue este último, litigante en muchas causas por daño ambiental quien, por ello, más ilustró el vacío legal sobre el tema, con ejemplos concretos: por ello cobró relieve su presencia –virtual– en el plenario, convocado para tratar cuatro proyectos de caracterización y sanción de delitos ambientales. No son los únicos: además de la iniciativa de Lucila Crexell (Movimiento Neuquino) se debaten otras análogas de sus pares de Chubut Alfredo Luenzo (Frente de Todos), Gladys González (Frente PRO) y del chaqueño Antonio Rodas (Frente de Todos).
“El Código Penal Argentino vigente data de 1921, y si bien hubo algunas modificaciones, desde ese entonces no regula de forma autónoma el bien jurídico Ambiente. Incendios intencionales, deforestación, caza y tráfico de fauna, pesca ilegal y relleno de humedales son algunos de los crímenes que hoy no están tipificados de forma directa ni contemplan condenas de prisión efectiva. Dicho en otras palabras, en Argentina no existen delitos ambientales, es decir aquellos delitos que dañan severamente la naturaleza a corto, mediano y largo plazo”, planteó la Multisectorial Humedales en su documento.
Los expertos que expusieron ante el plenario de comisiones de la Cámara alta habían convalidado la descripción. El abogado Viale advirtió que “la mayor contaminación de la historia minera argentina”, un derrame de cianuro en 2015 en Jáchal, en el centro norte de San Juan, por parte de la mina Veladero, propiedad de la multinacional Barrick Gold, terminó con ocho operarios condenados a probation en la Justicia provincial y una sanción por violación a los deberes de fucionario público en la Justicia federal, en Comodoro Py, en la ciudad de Buenos Aires. “Una pena de un mes a tres años, una pena totalmente menor. Y eso es lo que me parece que hay que cambiar. Detrás de cada hecho de contaminación hay un funcionario corrupto, o que miró para otro lado o que se hizo el tonto”, sostuvo el letrado. Y recordó el tortuoso camio que tuvo que recorrer la Asamblea Jáchal No Se Toca, un colectivo de vecinos contra la contaminación, para obtener la exigua penalización. “Tuvimos que traer un perito de Estados Unidos. No econtrábamos acá, todos los ingenieros en minas trabajan con la industria minera”, narró, y recordó que traerlo les costó 100 dólares por día, pero en realidad el profesional cobraba 500: hizo una rebaja para atender el tema. Consiguieron el pasaje a través de una ONG, pero igual lso vecinos hicieron grandes esfuerzos: “Terminamos vendiendo empanadas”, contó el abogado. “Hubo rifas populares, así se pagó el perito”, insistió. El estudio del prestigioso hidrogeólogo Robert Moran, hoy fallecido, fue lapidario con el emprendimiento minero que volvió a tener derrames en septiembre de 2016, un año después del primero y más grave, y en marzo de 2017.
La Asociación Argentina de Abogades Ambientalistas recordó el caso para saludar la intervención Viale, a la par que puntualizó su pedido institucional recordando que las sanciones por el derrame reayeron sobre “operarios de 4º nivel y no CEOs”, y que ante crímenes ambientales “se debe sancionar a los altos cargos” de las empresas que violen la ley y que también “tiene que haber sanciones a funcionarios públicos, más allá de las que existen por corrupción o sobornos, ya que también hay presiones políticas, acuerdos con empresas y lobby corporativo”. También apuntó a “penalizar a quienes ilegalmente otorguen permisos o habilitaciones”. Considera a esa arista determinante: “Debe penarse la falsificación de informes (y el ocultamiento de información), de parte de privados o públicos, en estudios de impacto ambiental. No pueden seguir impunemente usando información inventada para avanzar con proyectos que violan la ley”.
Y advirtió: “Tenemos que avanzar en lograr que el delito sea de peligro abstracto. Si exigimos daño grave solo se van a penalizar catástrofes ambientales una vez ya cometidas. No se debe exigir la verificación efectiva del daño, sino que basta con que se ponga en riesgo de lesión al ambiente. De lo contrario, solo se penalizarán aquellas conductas donde se acredite la prueba del daño ambiental, que es muy dificultoso una vez ya cometidos”. Y pidió incluir expresamente entre las violaciones a “que se haya obstaculizado inspecciones”, entre otros agravantes.