El hecho ocurrió en 2017 en Jujuy. En la sentencia, no se tuvo en cuenta la situación de violencia de género de la mujer, la extrema pobreza, ni posibles alteraciones mentales
Una mujer fue condenada hoy a prisión perpetua acusada de haber asfixiado a sus hijos de 1 y 4 años en mayo de 2017, en una vivienda de la localidad jujeña de Huacalera, en una sentencia en la que no se tuvo en cuenta la situación de violencia de género a la que era sometida por su ex pareja, el extremo grado de pobreza en que vivía y la posible alteración de su psiquis.
Según informaron hoy fuentes judiciales, Isabel Silvia Galán recibió la máxima pena dictada por el Tribunal en lo Criminal (TOC) 2 de Jujuy, el cual la consideró culpable del delito de «homicidio agravado por el vínculo».
El hecho ocurrió el 16 de mayo de 2017 cuando la mujer se encontraba junto a sus dos hijos, un varón de 4 años y una niña de un año y ocho meses, en el interior de una casa ubicada en el barrio Villa El Trabajador de la localidad de Huacalera, distante a 95 kilómetros al norte de la capital jujeña.
Según la acusación fiscal, que el tribunal avaló hoy con su fallo, aproximadamente a la 1.15 de ese día, Galán se aprovechó «del estado de indefensión e incapacidad de reacción defensiva de sus hijos, que se encontraban durmiendo en su cama, y sin correr ningún riesgo hacia su persona, habría procedido a quitarle la vida al niño asfixiándolo».
Siempre según la fiscalía, después atacó a la niña «cubriéndole los orificios respiratorios, lo que produjo que la misma falleciera a causa de asfixia mecánica por sofocación», situación que se constató con la autopsia realizada al cuerpo de los menores.
El tribunal que dirigió el debate estuvo integrado por los jueces Luis Kamada –presidente de trámite-, Lucas Grenni y Felisa Ester Barrios, quienes declararon la culpabilidad de la mujer.
En los alegatos, el representante del Ministerio Público de la Acusación, Diego Cussel, había solicitado la pena de prisión perpetua para la acusada, mientras que la defensa técnica de la imputada fue ejercida por la defensora oficial Adriana Fernández, quien había pedido una condena menor por su alto grado de vulnerabilidad.
En sus alegatos, Fernández planteó que existían al menos seis circunstancias de atenuación, las cuales llevaron a Galán a que “actúe de la manera que lo hizo”, por lo que requirió se la condenara por el delito de “homicidio simple”, pero los jueces lo rechazaron.
La defensora afirmó que la acusada “padecía de violencia de genero por parte de su expareja y padre de los niños”, quien el mismo día del hecho “la golpeó brutalmente”.
“Mi asistida era víctima de violencia, física, psicológica y económica”, sostuvo Fernández, a la vez que explicó que la mujer “sufría de epilepsia”, enfermedad por la cual no estaba en tratamiento en el momento del hecho y cursaba un embarazo de seis meses en mayo de 2017.
Asimismo refirió que vivía en un “contexto de pobreza extrema”, en una vivienda de dos habitaciones con piso de tierra y paredes de adobe, “sin contención familiar, ni social”, sostuvo.
Al analizar los hechos dijo que Galán, un mes antes del crimen, “intentó suicidarse y dejó una carta a sus hijos”; si bien no se consumó el hecho, quedó internada en un centro de salud quebradeño y luego de recuperarse persistieron los hechos de violencia por parte de la ex pareja.
“Galán estaba abatida por una serie de situaciones, termina con la vida de los chicos e intenta terminar con su vida cuando nuevamente intenta suicidarse”, refirió al argumentar que esas fueron “las circunstancias que llevaron a alterar la psiquis y la conducta de la acusada”, agregó.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal, fecha a partir de la cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.