Se aplicó por primera vez la ley de extinción de dominio en una causa contra el ex intendente de Guaymallén Luis Lobos y su esposa Claudia Sgró, involucrados en varias causas por corrupción
La Justicia Civil de Mendoza aplicó por primera vez la ley de extinción de dominio y resolvió quitarle sus inmuebles al ex intendente de Guaymallén Luis Lobos, condenado en una causa por corrupción junto a su esposa Claudia Sgró. En cambio, resolvió dejar en su poder dos vehículos que tenía declarados, así como un cuatriciclo.
El referente del Partido Justicialista fue intendente de la localidad mendocina entre 2013 y 2015, y al finalizar su gestión recibió denuncias por enriquecimiento ilícito, defraudación al Estado y otros delitos vinculados a la corrupción. En mayo de 2019, Lobos fue condenado a cuatro años y medio de prisión, mientras que su esposa Sgró, fue sentenciada a tres años y cuatro meses de prisión por ser partícipe necesaria de la defraudación al Estado. Además, ambos fueron inhabilitados de por vida a ejercer cargos públicos.
En la provincia, el caso fue conocido como de la «mucama ñoqui» porque la empleada doméstica de su suegra, al igual que su hijo que ofrecía trabajos de jardinería, estaban registrados como empleados municipales sin saberlo. De esta manera, la madre de Sgró cobró los salarios a nombre de los trabajadores anotados de manera irregular.
«Por todo lo expuesto, resuelvo: I.- Admitir parcialmente la acción de extinción de dominio incoada en autos por el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Mendoza y, en consecuencia, declarar extinguido el dominio de los Sres. Luis Alberto Lobos y Claudia Verónica Sgro respecto de los siguientes bienes: a) Inmueble identificado con la matrícula 362.679/4 unidad 2 PB de calle Cangallo 3862 titularidad del 100% de la Sra. Sgro y b) Inmueble identificado con la matrícula 181.518/4 de Calle Tirasso 4357 y c) inmueble identificado con la matrícula 167.166/4 pasillo comunero de calle Tirasso 4357, estos ultimo titularidad del 100% del Sr. Lobos, sin contraprestación ni compensación alguna a favor de los demandados, así como de sus frutos y productos, en caso de resultar aplicable», señala la sentencia dada a conocer.
El proceso de extinción de dominio rige en Mendoza por ley desde abril de 2019. La aprobación en la Legislatura provincial se concretó a partir de un proyecto enviado por el entonces gobernador Alfredo Cornejo y contempla la posibilidad de recuperar los bienes aunque no esté terminada la causa penal. En ese caso, se realiza un juicio civil en el que el imputado debe dar cuenta de cómo obtuvo determinados bienes y en el caso de que esto no sucede, se procede a la incautación y remate.