Fue arrestado en un domicilio ubicado en Tandil al 3000, en el barrio porteño de Mataderos. Se lo trasladó a la Alcaidía N° 12, donde fue encerrado en un calabazo
La Sala I de la Cámara del Crimen resolvió revocar la excarcelación con la que la jueza Karina Zucconi benefició a Irineo Garzón, acusado de violar a una joven venezolana en su local de uniformes médicos de la calle Paso.
Así, resolvieron su detención por el delito de abuso sexual agravado con acceso carnal, tras la apelación de la fiscal del caso, Silvana Russi, y Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), junto con la querella de la víctima con los abogados Alejandra Cabrera y Pablo Baqué. Pocos minutos atrás, Garzón fue arrestado en un operativo realizado por la división de Delitos contra la Integridad Sexual de la Policía de la Ciudad en un domicilio ubicado en Tandil al 3000, en el barrio porteño de Mataderos.
Según aseguraron fuentes policiales a Infobae, los efectivos se dirigieron hacia esa vivienda, porque la tobillera electrónica que cargaba indicaba que el acusado se encontraba en ese lugar. De esta manera, una vez que ingresaron, lo notificaron del delito del que se lo acusa y le colocaron las esposas. Luego fue trasladado a la Alcaidía N° 12, ubicada en Ramallo al 4300, en el barrio de Saavedra, y fue encerrado en un calabozo.
El fiscal de cámara Ricardo Sáenz, según trascendió, mantuvo el criterio de las funcionarias judiciales y pidió la inmediata detención del imputado.
Infobae accedió de forma completa al fallo. El juez Jorge Rimondi ratificó los argumentos de Zucconi, pero el doctor Pablo Lucero se opuso de manera tajante. “La penalidad prevista para el delito que se le imputa no encuadra dentro de las previsiones establecidas por los artículos 316 y 317 del Código Procesal Penal de la Nación, toda vez que el máximo de la pena en expectativa excede ampliamente los ocho años de prisión y el mínimo imposibilita que la eventual sanción, que pudiera recaer, sea de ejecución condicional”, argumentó. En este sentido, en primer lugar, bajo la calificación legal atribuida, el riesgo de fuga se sostiene como consecuencia de la imposibilidad de imponerse una condena de ejecución condicional”, continuó Lucero, que evaluó la “importante cantidad de evidencias” que otorgan “serios indicios de responsabilidad”.
“Concretamente, no habiendo abierto la puerta de ingreso del local a requerimiento de un funcionario policial, habría intentado darse a la fuga del local cuando advirtió que éste ya se encontraba en su interior, lo cual se frustró por el diligente actuar del policía que lo redujo”, siguió. La jueza Magdalena Laiño votó en argumentos similares.
Este miércoles, por otra parte, los abogados querellantes indicaron que harán una presentación para que al menos otras tres presuntas víctimas sean incorporadas formalmente como testigos a la causa que investiga a Garzón.
En sus relatos, según confirmaron fuentes del expediente, habría nuevas pruebas del acoso del comerciante a sus empleadas y la repetición de un modus operandi de captación. Se desconoce, sin embargo, si existe una nueva acusación de abuso. La fiscal Russi es quien deberá definir si acepta o no la integración de sus relatos en la instrucción.