Tras algunas modificaciones, los senadores de todos los bloques llegaron a un acuerdo y firmaron el dictamen
Senadores del oficialismo y de la oposición del Senado avanzaron este lunes en acuerdos para aprobar el proyecto de ley que busca garantizar la equidad en la representación de géneros desde la perspectiva de diversidad sexual en los servicios de comunicación del país.
En un plenario de las comisiones de Sistemas, Medios y Libertad de Expresión y la Banca de la Mujer, los legisladores resolvieron modificar dos artículos del texto original de la senadora del Frente de Todos Norma Durango para luego pasar a la firma el dictamen.
Luego de propuestas de senadoras de Cambiemos, se acordó modificar el artículo referido a los alcances de la ley para los medios privados y el punto que menciona las sanciones previstas para las empresas estatales que no cumplan con la norma.
El artículo dos establecía que quedarían «alcanzados» por las disposiciones de la ley todos los servicios de comunicación de gestión estatal y de gestión privada con o sin fines de lucro, pero con el acuerdo alcanzado hoy se excluirá a los medios privados de la obligatoriedad y en lugar de eso se los invitaría a adherir a la normativa.
El artículo cinco, que también generó reparos de senadores de la oposición como Laura Rodríguez Machado y Guadalupe Tagliaferri, también fue objeto de cambios en los referido a las sanciones que recaerán en aquellos medios que no cumplan la ley.
Durante la videoconferencia, los legisladores coincidieron en la necesidad de retirar el punto que disponía inhabilitación para los medios infractores y dejaron solo el punto referido a un llamado de atención y un apercibimiento para los casos de incumplimiento.
La propuesta, que recibió el apoyo de todas las bancadas, considera «equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual a la igualdad real de derechos, oportunidades y trato de las personas, sin importar su identidad de género, orientación sexual o su expresión».
También establece que la equidad en los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal debe aplicarse sobre la planta permanente, temporaria, transitoria y/o contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación incluyendo los cargos de conducción y/o de toma de decisiones.
En todos los casos, debe garantizarse una representación de personas travestis, transexuales, transgéneros e intersex en una proporción no inferior al uno por ciento (1%), distribuido en todas las áreas.
Este último punto también generó alguna discrepancia cuando senadores opositores marcaron la dificultad de medios chicos del interior del país en cumplir con esa disposición cuando no hay personas del colectivo LGBT, pero esto quedó saldado cuando legisladores del oficialismo como Nancy González aclararon que en caso de no haber personal idóneo de ese colectivo no regiría la obligatoriedad.
La norma establece además la creación de un registro de servicios de comunicación privados y la expedición de un certificado de equidad para aquellos prestadores que incluyan dicho principio.
En el artículo siete, se determina que para acceder al registro y obtener el certificado los servicios de comunicación privados deben elaborar anualmente un informe donde acrediten progresos en materia de equidad.
Añade también que los medios privados a los que se otorgue el certificado de equidad tendrán preferencia en la asignación de publicidad oficial.
El último de los artículos menciona el aspecto de la gradualidad y señala que «hasta tanto se garantice la equidad los puestos de trabajo en los servicios de comunicación estatales serán cubiertos de manera progresiva atendiendo a las vacantes que se produzcan».
Durango expresó su satisfacción por el avance en el debate y consideró que «se busca dar un paso más al reconocimiento efectivo de los derechos de las argentinas» y «tener esta equidad de género en los medios va a contribuir a cambiar incluso la mirada de esos medios».