Fue acusado de abuso sexual, pero cumplirá la pena en su domicilio "raíz de diversos problemas de salud y porque tiene 70 años", según indicaron fuentes judiciales
Un hombre de 70 años fue condenado hoy en Santa Fe a la pena de 11 años de prisión por el delito de abuso sexual agravado en perjuicio de una menor de edad, a la que además le contagió una enfermedad venérea, informaron fuentes judiciales.
Según la investigación del Ministerio Público de la Acusación (MPA), el acusado fue identificado como Alberto Antonio Quiróz, domiciliado en el distrito de Alto Verde, «donde cumplirá la pena de forma domiciliaria a raíz de diversos problemas de salud y porque tiene 70 años», indicó la fiscal Alejandra Del Río Ayala.
La condena fue impuesta por el juez Pablo Busaniche en el marco de un juicio abreviado por delitos cometidos en el transcurso del año pasado.
Del Río Ayala informó que “Quiróz fue condenado como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por el grave daño provocado a la salud de la víctima), en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de la víctima)”.
La fiscal dijo que los delitos “ocurrieron en la vivienda del condenado, ubicada en el pasaje 16 de Alto Verde” y que “Quiróz agredió sexualmente a la víctima cuando la niña asistía a su casa a buscar leche que el condenado le proveía al grupo familiar de la víctima”.
Además, indicó que “el agravante por daño a la salud es porque el condenado le contagió enfermedades de transmisión sexual a la menor, que debió someterse a un tratamiento médico prolongado”.
Del Río Ayala sostuvo que “tanto la modalidad de las agresiones sexuales como las consecuencias físicas que sufrió la víctima tienen entidad suficiente para adelantar el libre y normal desarrollo de su sexualidad”.
En tal sentido, la fiscal subrayó que “el delito que consumó Quiróz es de los más aberrantes que se pueden cometer contra los niños, las niñas y los adolescentes”.
«El monto de la pena es proporcional a la culpabilidad del autor de los hechos y atiende a la indefensión de la víctima y al daño que le fue ocasionado, como así también a la comprensión que tuvo el condenado de su accionar delictivo y a la naturaleza de las agresiones”, concluyó Del Río.