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Ampliaron operatoria de vehículos con GNC habilitados para circular en cuarentena


Lo resolvió Enargas, que informó que se podrán efectuar todas las operaciones del sistema y renovar las obleas habilitantes a los rodados con certificado para transitar durante el aislamiento

El Ente Nacional Regulador (Enargas) resolvió hoy que, durante el aislamiento social preventivo y obligatorio, se efectuarán todas las operaciones del sistema de Gas Natural Comprimido (GNC) y la renovación de las obleas habilitantes a aquellos vehículos de los exceptuados por la normativa emitida en la emergencia sanitaria, que cuenten con certificado para circular.

“Decidimos incluir en el listado de actividades y servicios exceptuados a todos los sujetos regulados que desarrollan las actividades indispensables para el funcionamiento seguro del sistema de GNC», explicó el interventor del Enargas, Federico Bernal, en un comunicado.

Mediante la resolución 19/2020 del ente se incluyó la revisión de equipos, conversiones, revisión de cilindros, reemplazos, modificaciones y bajas.

También se contempló la renovación de las obleas habilitantes para los vehículos propulsados con GNC, a aquellos vehículos cuya oblea de habilitación estuviera asociada a un titular que sea un sujeto exceptuado por la normativa emitida en el marco de la emergencia sanitaria y cuente con el certificado para circular.

El Enargas destacó el aporte realizado por la Cámara de Talleristas Integrales de GNC y Afines, Región Centro de la capital de Santa Fe, que solicitó al Ente que se incluya en la excepción a los talleres de montaje, dado que éstos desarrollan una actividad de carácter esencial, y el aporte realizado por la senadora nacional María de los Angeles Sacnun.

«La legisladora nacional por Santa Fe, María de los Angeles Sacnun me explicó en detalle la situación de la provincia en este sentido. Reconozco que su intervención fue determinante», afirmó Bernal.

El Enargas habilitó también la entrega de obleas para los sujetos contenidos en dicha normativa, a fines de garantizar su normal desempeño, con fechas de atención al público a determinar.

Los sujetos regulados incluidos en el listado de actividades exceptuadas deberán poseer el “Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19”, eso incluye a los talleres de montaje, productores de equipos completos, centros de revisión periódica de cilindros, y sus representantes técnicos debidamente habilitados.