La Justicia de Entre Ríos acordó una condena de un año de prisión condicional por «grooming» para un hombre que, utilizando redes sociales, acosó a una chica de 14 años a la que le exigía fotos íntimas y con la que había arreglado un encuentro que nunca llegó a concretarse.
El acuerdo se formalizó con la defensa del acusado en un juicio abreviado por los hechos que se registraron en agosto del año pasado y que fueron denunciados por el padre de la chica, todos residentes en Crespo, a unos 40 kilómetros de Paraná.
El acoso fue confirmado por la hermana de la menor, quien intervino en sus redes sociales a pedido de su papá, luego de que advirtió cambios en la conducta de su hija más chica.
A partir de la intervención de la hermana, es que se confirma que la niña de 14 años había intercambiado mensajes y fotos privadas con desconocidos que proponían un encuentro, aunque esto nunca llegó a concretarse.
«El imputado de 20 años, oriundo de la provincia de Misiones, y que casualmente estaba en Entre Ríos realizando trabajos, contactó a una menor a través de las redes sociales, y en esta primera audiencia de juicio abreviado, se delinearon los contornos del hecho que se le imputa a la persona y las probanzas que confirman este hecho en grado de certeza: celulares que fueron secuestrados, y comunicaciones telefónicas y a través de la red social», explicó hoy el juez de Garantías de Paraná, Mauricio Mayer, quien confirmó a Canal 11 de Paraná que la sentencia se dictará el 9 de mayo.
Víctor Rodríguez Montiel, abogado defensor, señaló que «en la audiencia llegamos a un acuerdo con Fiscalía, suscripto por la defensa, de un año de prisión condicional» y ratificó que su defendido contactaba a la menor «a través de las redes sociales, del teléfono y Facebook».
Por la investigación, que estuvo a cargo de la fiscal de Violencia de Género y Abuso Sexual, María Eugenia Smith, se secuestraron en domicilios de Crespo, quince celulares y otros elementos informáticos de interés para la causa.
De acuerdo al artículo 131 del Código Penal, las conductas de acoso en redes sociales, denominadas «grooming», reciben una pena que va de los seis (6) meses a cuatro (4) años.
El código establece como «grooming» los casos en los que «por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma».