La Corte Suprema de Brasil decidió este jueves que la homofobia es equivalente al racismo y por tanto debe tratarse en los tribunales como un delito penal similar, a la vez que declaró «omiso» al Parlamento, que jamás ha legislado sobre el asunto.
La sentencia fue dictada en la sexta sesión que el Supremo le ha dedicado al asunto desde fines del año pasado y tanto era esperada por los colectivos LGTBI+ como se prevé será una complicación para el gobierno de Jair Bolsonaro, un declarado homofóbico.
Por lo pronto, los colectivos LGTBI+ consideraron a la medida como «histórica» para un país en el que al menos una persona es asesinada cada día por los prejuicios que persisten sobre la orientación sexual, según consignó la agencia EFE.
El tema fue tratado pedido del Partido Socialista Brasileño (PSB), que denunció una «omisión del Parlamento» en un asunto vinculado a los derechos humanos que, pese a haber diversos proyectos de ley en ese sentido, se mantenían hasta ahora todos trabados por las presiones de los sectores más conservadores de la sociedad.
En la actualidad, en 14 estados brasileños ya existe algún tipo de sanción civil en caso de crímenes ligados a la cuestión de género, como multas o pérdida de licencia comercial. Sin embargo, el crimen de homofobia todavía no es tipificado como tal en la legislación penal del país más grande de América Latina.
En caso de agresiones contra el público LGBT, el delito es tratado jurídicamente como lesión corporal, intento de homicidio u ofensa moral, pero no es considerado un delito de odio, como acontece en muchos países latinoamericanos como Colombia, Chile y Ecuador, entre otros. No sólo en el Poder Ejecutivo, también en el Parlamento, donde priman las posiciones más conservadoras, el fallo de la Corte será un tema ríspido.
De hecho, el Frente Parlamentario Evangelista, integrado por cientos de diputados y senadores que profesan esa religión, había pedido al Supremo que postergara el juicio y diera más tiempo al Parlamento para pronunciarse sobre el asunto.
No obstante, el presidente del tribunal, magistrado José Antonio Dias Toffoli, mantuvo el caso en la agenda del Supremo, pues el juicio comenzó a fines del año pasado y también porque, según explicó, el Parlamento «ha tenido más de treinta años, desde la promulgación de la Constitución de 1988, y aún no ha decidido».
Las únicas divergencias entre los once ministros fueron planteadas precisamente por Dias Toffoli y el magistrado Ricardo Lewandowski, quienes coincidieron en que el Supremo no puede, por un mandato constitucional, «legislar» sobre ningún asunto.
Sin embargo, más allá de esos «pruritos legales», como definió Lewandowski su reticencia, ambos sí aceptaron que el Parlamento ha sido «omiso durante tres décadas» frente a la grave violencia y la discriminación que sufren los homosexuales en Brasil.
En la sentencia se aclaró que será permitido a los practicantes de todas las religiones manifestar su oposición a las relaciones homosexuales, siempre y cuando sea «de acuerdo con sus libros y códigos sagrados» y no se incurra en la discriminación, que podrá ser castigada, como el racismo, con hasta cinco años de cárcel.