Un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego determinó que los siete concejales de la ciudad de Ushuaia, todos varones en la actualidad, se elegirán en los próximos comicios municipales con ajuste a las normativas sobre paridad de género, informaron fuentes judiciales de la provincia.
El tema terminó en la Justicia tras un planteo realizado por el Movimiento de Mujeres de la capital fueguina (MMU), a partir de la aplicación que se venía realizando del sistema electoral del municipio para los cargos parlamentarios.
En Ushuaia rige un régimen de preferencias, que permite a los electores alterar el orden dentro de una lista de candidatos a concejales, eligiendo a unos sobre otros con una tilde que se coloca junto al apellido del postulante preferido. De esta forma, si bien la Carta Orgánica municipal obliga a que las listas se constituyan con el 50% de cupo femenino, en la práctica, al reordenarse el sistema por las preferencias recibidas, ocurrió en 2015 que ninguna mujer accedió a una banca.
La sentencia del Superior Tribunal resolvió que aunque el régimen de preferencias se seguirá utilizando, deberá estar supeditado a la paridad de género.
“Si un varón de una lista es preferido en el porcentaje que establece la norma vigente, solamente modificará el orden impreso en la lista desplazando a otro varón, e idéntica situación se presenta en relación a las mujeres”, explicó el juez Gonzalo Sagastume en el fallo al que accedió Télam.
Sagastume también agregó que contabilizar las preferencias realizadas por los electores “sin ningún distingo” (es decir, sin considerar el cupo femenino) “atenta y desvirtúa la finalidad última de todas las normas orientadas a garantizar la paridad de género en los ámbitos de representación política”.
Por su parte, la jueza María del Carmen Battaini, que adhirió al voto de Sagastume, concluyó que “una interpretación diferente a la aquí propuesta nos llevaría a avalar que las pautas constitucionales tendientes a la protección de los derechos de participación de las mujeres en el proceso electoral se transformen en una mera formalidad, y las acciones positivas adoptadas por los convencionales locales en simples declamaciones”.
Los magistrados aclararon que el criterio regirá a partir de las elecciones del próximo 16 de junio, y no influye sobre la elección de los ediles actualmente en funciones, que finalizan su mandato en diciembre.