Por la Dra. Gabriela Ferretti (*)
Es materialmente importante la calidad de vida de la población. Ella tiene su correlato en la definición de «salud» de la Organización Mundial de la Salud como el completo estado de bienestar físico, psíquico y social y no la mera ausencia de enfermedad. Los profesionales de la salud nos dedicamos a prodigarla y somos cultores de un concepto que se aproxima cada vez más a nuestro campo que es la integralidad.
La desigualdad social hace que la brecha entre los diferentes estratos sociales sea muy marcada y en América Latina se manifiesta exponencialmente y de modo perverso. En este contexto, cuando nos preguntamos qué le pediríamos a la democracia sólo podemos respondernos que la misma sea capaz de generar ámbitos de mayor justicia social. Claro que no sólo hacia el Estado le direccionamos la exigencia de mayores cuotas de igualdad sino también a los diferentes sectores de la sociedad que, con sus prácticas cotidianas, discriminan y excluyen a personas del propio sistema de los accesos.
En la Argentina, a diferencia de otros países de Latinoamérica, el derecho a la salud está reconocido constitucionalmente. No obstante ello, las crisis económicas ponen muchas veces en vilo la materialización y operatividad de esos derechos y han sido utilizadas como justificativos para la prevalencia de criterios economicistas por encima del concepto de integralidad y universalidad en esta materia, lo que hace desdibujar la justicia social en algunos ámbitos. Estamos obligados a debatir socialmente las formas proactivas que garanticen un modelo inclusivo de salud y también hay una imperiosa necesidad -para poder hacer factibles el derecho a la salud- de fortalecer el sistema institucional de garantías.
A medida que pasa el tiempo han quedado atrás quienes históricamente denostaron que se pueda ir más allá de la enfermedad. Por ello se fue avanzando mucho en variables que contribuyeron a ampliar los niveles de atención haciendo foco en lo social. Una medida normativa muy acertada, entre otras, ha sido la de la inclusión de la cobertura universal de la internación domiciliaria como parte del menú prestacional incluido en el Programa Médico Obligatorio. Cabe destacar, que dicho menú es el contenido mínimo que deben asegurar las obras sociales y las entidades de medicina prepaga.
La internación domiciliaria permite sostener al paciente en su domicilio, cercano a sus afectos y en su hábitat conocido, disminuyendo la posibilidad de infecciones por gérmenes intrahospitalarios. También la esfera psíquica de quien permanece en su casa, en período de convalecencia o bien de mantenimiento de funciones vitales y/o rehabilitación, se mejora, contribuyendo al círculo virtuoso de mejor estado de ánimo que repercute sin duda en la salud física.
Sumado a esto, la adecuación de la dinámica familiar en torno de la persona que padece una enfermedad, también amplia el circulo beneficioso. Para los financiadores de salud, tiene sin duda un impacto positivo en la disminución de sus inversiones en salud. Todos los subsistemas están interpelados a dotar de mayores cuotas de igualdad, fortalecer el sistema, generar ámbitos propicios donde la política de salud sea un eslabón integral de la política social.
La articulación de políticas, programas y proyectos, la coordinación de acciones y medidas apropiadas tendientes a mejorar el sistema ayudan a igualar para arriba y le dan la posibilidad a la población que pueda acceder al derecho a la salud y no tenga que recurrir a la justicia para la provisión de un tratamiento.
Tomemos conciencia que la salud es un derecho fundamental y todos estamos implicados de una u otra manera en su garantía. Bien vale recordar el lema de este año de la OMS en el Día Mundial de la Salud: «Salud para todos, en todas partes».
(*) Divulgadora Científica del Grupo Medihome. Medica Neuróloga, legista y auditora.