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Cámara de Circuito de Rosario

Condenaron a Coto por no realizar un descuento que promocionaba


El supermercado Coto fue condenado por la Cámara de Circuito de Rosario por no haber realizado un descuento que promocionaba. Los jueces implicados en el fallo son Ricardo Netri, Eduardo Jorge Pagnacco y René Juan Galfré.

El hecho por el que se dio la resolución se produjo en la sucursal del shopping Alto Rosario el 1º de enero de 2014. El súper ofrecía un descuento de un 25% en «artículos de camping» ese día, por lo que el demandante compró una heladera conservadora. En la caja, sin embargo, le dijeron que no había descuento porque ese producto estaba incluido en el rubro «bazar».

En primera instancia, consiguió que se le pagara el dinero que se le debería haber descontado y, aparte, una indemnización en concepto de “multa civil” contra Coto, de 20 mil pesos. Pero se le negó resarcimiento por daño moral, razón por la cual el demandante exigía 10 mil pesos.

Tras la apelación de ambas partes, la Cámara de Circuito revocó parcialmente el fallo al entender que al demandante no le correspondía percibir los 20 mil pesos por la multa civil aplicada a Coto pero sí tenía derecho a ser resarcido por el daño moral que sufrió aquel día, por lo que finalmente terminó cobrando 5 mil pesos más intereses.

Los camaristas tuvieron en cuenta que durante el transcurso de la causa los representantes del supermercado adoptaron una actitud complaciente con el reclamo de daño patrimonial: propusieron el reintegro en efectivo del 30% del precio del producto (un monto incluso superior al que reclamaba el actor). Pero esa propuesta fue rechazada por el demandante, quien exigía ser indemnizado por daño moral y daño civil.

A favor del demandante, los camaristas consideraron que “la escena que se montó en la línea de cajas, los términos de la discusión y la exposición que sufrió el demandante constituyen una base sólida para la configuración del daño moral”, por lo que fue indemnizado con 5 mil pesos más intereses.