La operación, adjudicada a las firmas Edison Transmisión y Genneia, por un monto total de US$356.174.811,78, permite el ingreso de un nuevo actor privado al control de la red de transporte de energía en alta tensión de la Argentina
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) autorizó a la empresa estatal Energía Argentina S.A. (ENARSA) a transferir la totalidad de su participación accionaria en la Compañía Inversora en Transmisión Eléctrica (CITELEC), mediante la Resolución 130/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La operación, adjudicada a las firmas Edison Transmisión y Genneia, por un monto total de US$356.174.811,78, permite el ingreso de un nuevo actor privado al control de la red de transporte de energía en alta tensión de la Argentina.
La transferencia comprende el 50% del capital social total de CITELEC, sociedad que ejerce el control de Transener S.A. y de la Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Provincia de Buenos Aires (TRANSBA).
El paquete accionario fue adquirido por la firma Transmisión Eléctrica Sociedad Anónima (TESA), constituida específicamente para este proceso por las empresas Edison Transmisión y Genneia, quienes participan en partes iguales. Edison Transmisión forma parte del conglomerado controlado por Edison Holding, mientras que Genneia es una empresa argentina líder en el segmento de generación de energías renovables.
En el texto oficial se detalló que el ENReGE evaluó si la operación vulnera las restricciones de integración vertical y horizontal previstas en la Ley N° 24.065. A pesar de que los compradores ya poseen activos en los segmentos de generación y distribución, el ente regulador dictaminó que no se configura una transgresión legal, ya que la tenencia del 50%, que será compartida con Pampa Energía, no otorga la condición de “accionista mayoritario” o controlante unilateral.
Asimismo, el organismo destacó que cualquier potencial abuso de poder de mercado se encuentra mitigado por tres ejes regulatorios fundamentales:
- Libre acceso: la obligación de permitir el uso indiscriminado de la capacidad de transporte a terceros.
- Tarifas reguladas: la remuneración de la transportista es determinada por el ENReGE, impidiendo cargos discriminatorios.
- Ampliaciones controladas: la transportista no puede extender su red de forma discrecional; toda obra requiere audiencia pública y aprobación estatal.
La venta se realizó en el marco de una licitación pública, bajo los lineamientos de reforma del Estado establecidos en las Leyes 23.696 y 27.742. Con la firma de esta resolución por parte del directorio del ENReGE, se cumple una condición esencial para el cierre definitivo de la transacción.
